Obligaciones del empleador en Perú 2026
Guía práctica para PYME y equipos de RRHH: qué debes hacer al contratar, cómo declarar planilla, qué aportes corresponden y cómo enlazar cada obligación con calculadoras y artículos actualizados a 2026.
Si administras una PYME o llevas RRHH con pocos recursos, la lista de obligaciones del empleador puede parecer dispersa: contratos, T-Registro, PLAME, aportes, beneficios, fiscalización SUNAFIL y SST. Esta página ordena el recorrido en pasos concretos y te lleva a las guías y herramientas que ya publicamos en SueldoJusto.pe, sin duplicar contenido.
Los montos y plazos que verás aquí son referenciales. Antes de cerrar planilla o responder una inspección, contrasta con SUNAT, MTPE, EsSalud y, si tu caso es complejo, con un contador o abogado laboralista.
1. Contratar y registrar al trabajador
La formalización empieza antes del primer pago: contrato, alta en registros y entrega de condiciones de trabajo.
- • Elige la modalidad correcta (indefinido, plazo fijo, part-time u otras) y deja constancia escrita. Revisa los tipos en nuestra guía de contratos laborales y los matices del contrato indefinido.
- • Registra al trabajador en T-Registro el mismo día de inicio o antes; las bajas van al día hábil siguiente del cese y las modificaciones dentro de 5 días hábiles. El alta es previo al PLAME mensual; revisa plazos y pasos en PLAME y T-Registro 2026.
- • Respeta la RMV vigente (S/ 1,230 desde octubre de 2026 según normativa referenciada en sueldo mínimo) y emite boleta de pago en cada periodo.
- • Implementa control de asistencia desde el día uno. SUNAFIL ha reforzado la fiscalización del registro; consulta registro de asistencia y horas extras.
- • Si necesitas un borrador de constancia o documento de respaldo, usa el generador de constancia de trabajo o revisa las plantillas laborales.
2. Aportes del empleador y planilla electrónica
Cada mes debes declarar remuneraciones y enterar aportes. El eje operativo es PLAME; el registro de altas es T-Registro.
| Concepto | Quién paga | Referencia |
|---|---|---|
| EsSalud | Empleador (9%) | Aportes del empleador |
| AFP / ONP | Trabajador (retención y declaración en PLAME) | AFP vs ONP |
| Seguro Vida Ley | Empleador (desde el inicio) | Vida Ley |
| SCTR | Empleador (solo si hay riesgo) | SCTR Perú |
| Quinta categoría | Retención declarada en PLAME | Planilla electrónica |
| PLAME mensual | Declaración del empleador | Planilla electrónica |
El vencimiento del PLAME depende del cronograma SUNAT según el último dígito del RUC; consulta el calendario oficial vigente en planilla electrónica. En AFP, la retención suele incluir aproximadamente 10% de aporte obligatorio, prima de seguros y comisión referencial según la administradora; en ONP, el descuento referencial es del 13%. Ambos se declaran en PLAME. El 9% de EsSalud aplica al régimen general; en MYPE micro puede corresponder SIS u otros esquemas según el caso. Para armar la planilla, cruza sueldos, asignaciones y retenciones con la calculadora de sueldo neto. Si tu empresa es MYPE y aplica subsidios, revisa también subsidio MYPE en pensiones y EsSalud.
3. Beneficios legales y calculadoras
CTS, gratificaciones, vacaciones y utilidades tienen reglas propias. Usa las herramientas para estimar montos antes de depositar o liquidar.
Calculadora Sueldo Neto
Proyecta descuentos de AFP, ONP y quinta categoría antes de cerrar planilla.
Calculadora CTS
Estima el depósito de mayo y noviembre según remuneración computable.
Calculadora Gratificación
Revisa montos de julio y diciembre con bonificación extraordinaria.
Calculadora Liquidación
Ordena vacaciones truncas, CTS, gratificación e indemnización al cese.
Calculadora Vacaciones
Calcula días y montos de vacaciones según antigüedad y sueldo.
Calculadora Utilidades
Proyecta el reparto anual según utilidades y días laborados.
- • CTS: depósitos en mayo y noviembre. Guía de CTS · Calculadora
- • Gratificaciones: julio y diciembre. Guía · Cómo se calcula
- • Vacaciones y utilidades: Vacaciones · Utilidades 2026 (obligatorio si la empresa genera rentas de tercera categoría y supera 20 trabajadores en planilla).
- • Asignación familiar para hijos que califiquen según la norma, y otros beneficios del régimen general en beneficios sociales y asignación familiar.
- • Al cese, ordena la liquidación con cómo calcular liquidación y la calculadora de liquidación.
4. MYPE vs régimen general
No todas las PYME usan el mismo paquete de beneficios. Confundir régimen puede derivar en reclamos o multas.
Microempresa MYPE
- Sin CTS ni gratificaciones.
- Vacaciones de 15 días.
- Seguro de salud puede ser SIS en lugar de EsSalud.
Pequeña empresa y régimen general
- Pequeña empresa: CTS y gratificación reducidas; vacaciones de 15 días.
- Régimen general: CTS, gratificaciones completas y vacaciones de 30 días.
- Asignación familiar para hijos que califiquen según la norma.
Antes de declararte MYPE solo para reducir costos, verifica que tu empresa califique y que la modalidad de contratación sea coherente. SUNAFIL ha orientado fiscalizaciones sobre empresas que simulan el régimen.
5. SST mínimo que no puedes postergar
La seguridad y salud en el trabajo dejó de ser un trámite accesorio. Es requisito para operar con personal a cargo.
- • Política de SST y matriz de riesgos acorde a tu actividad.
- • Capacitación en SST: inducción al ingreso, actualización ante cambios y formación periódica.
- • EPP cuando el puesto lo requiera y evidencia de entrega.
- • Reporte de accidentes mortales o incidentes peligrosos en el SAT del MTPE dentro de 24 horas. Otros eventos tienen plazos distintos según la norma.
- • Con 20 o más trabajadores, constituir un Comité de SST; con menos de 20, designar un supervisor o encargado. Profundiza en SST en Perú.
Según la RS N.° 026-2026-SUNAFIL y los comunicados públicos de la entidad, la agenda 2026-2027 prioriza el incumplimiento en remuneraciones y las infracciones a la labor inspectiva. Mantén un radar con agenda SUNAFIL, multas y qué es SUNAFIL.
6. Checklist mensual del empleador
Usa esta lista al cierre de cada mes. Marca cada ítem antes de declarar PLAME y pagar obligaciones.
- 1 Actualizar registro de asistencia y respaldar horas extras autorizadas.
- 2 Registrar en T-Registro: altas el mismo día de inicio (o antes), bajas al día hábil siguiente del cese y modificaciones dentro de 5 días hábiles.
- 3 Emitir boleta de pago con conceptos, descuentos y aportes desglosados.
- 4 Consultar la fecha de vencimiento en el cronograma SUNAT 2026 (herramienta SueldoJusto) antes de presentar PLAME y enterar aportes (EsSalud 9%, Vida Ley desde el inicio, retenciones previsionales y quinta categoría; SCTR solo si la actividad implica riesgo).
- 5 Revisar obligaciones SST: inducción, capacitación ante cambios, formación periódica, EPP y reportes al SAT (MTPE) si hubo incidentes.
- 6 Verificar depósitos de CTS en mayo y noviembre cuando corresponda al régimen aplicable.
Cronograma SUNAT 2026 por dígito RUC — consultor con fechas del ejercicio 2026 según SUNAT.
Si detectas diferencias entre lo pagado y lo declarado, corrige antes de una fiscalización. Los trabajadores pueden denunciar ante SUNAFIL y contrastar su situación con Certificado Único Laboral.
7. Preguntas frecuentes
¿Cuáles son las obligaciones básicas del empleador en Perú?
¿Qué pasa si no presento el PLAME a tiempo?
¿Una MYPE tiene las mismas obligaciones que una empresa del régimen general?
¿Qué aportes debe pagar el empleador además del sueldo?
¿Qué documentos necesito al contratar a alguien?
¿Es obligatorio tener un sistema de SST?
¿Dónde puedo verificar si estoy cumpliendo como empleador?
Aviso importante: Este hub es informativo. Los montos, plazos y obligaciones son referenciales y pueden variar según el tamaño de la empresa, el régimen aplicable y cambios normativos. Para cálculos de planilla y respuestas ante fiscalización, consulta con el área contable de tu empresa o un especialista.
Lleva cada obligación a una herramienta concreta
Desde el sueldo neto hasta la liquidación, nuestras calculadoras te ayudan a contrastar montos antes de cerrar planilla.