La asignación familiar en Perú es un beneficio laboral que muchos trabajadores desconocen o no reclaman. Si tienes hijos y trabajas en el sector privado, es probable que tengas derecho a S/ 113 adicionales cada mes en tu sueldo.
¿Te preguntas qué es la asignación familiar y cuánto es la asignación familiar actualmente? En esta guía te explicamos todo: desde la normativa legal, hasta cómo solicitarla y qué hacer si tu empleador no te la paga.
Resumen rápido
| Aspecto | Detalle 2026 |
|---|---|
| Monto mensual | S/ 113 |
| Porcentaje sobre RMV | 10% |
| Quién tiene derecho | Trabajadores del sector privado con hijos |
| Hasta qué edad | 18 años (24 si estudia superior) |
| Es por cada hijo | No, es un monto único |
| Base legal | Ley 25129, D.S. 035-90-TR y Ley 31600 |
💡 Respuesta directa: Si trabajas en el sector privado y tienes hijos menores de 18 años (o hasta 24 si estudian), tienes derecho a S/ 113 adicionales cada mes.
¿Qué es la asignación familiar?
¿Qué es la asignación familiar? Es un beneficio económico mensual que reciben los trabajadores del sector privado en Perú cuando tienen hijos menores de edad a su cargo, o hijos mayores que estén cursando estudios superiores.
Este derecho está regulado por la Ley 25129 y su reglamento, el D.S. 035-90-TR. La norma establece que todo trabajador de la actividad privada, independientemente de su fecha de ingreso, tiene derecho a percibir este beneficio.
Características principales
- Es un monto fijo: Equivale al 10% de la Remuneración Mínima Vital (RMV)
- Es único: Se paga un solo monto, sin importar el número de hijos
- Es remunerativo: Se considera parte de tu remuneración para efectos de otros beneficios
- Es mensual: Se suma a tu sueldo cada mes mientras cumplas los requisitos
Importante: A diferencia de otros países, en Perú la asignación familiar no aumenta según la cantidad de hijos. Recibes el mismo monto si tienes uno, dos o más hijos.
Marco legal de la asignación familiar en Perú
La ley de asignación familiar que regula este beneficio en el Perú es la Ley 25129, promulgada en 1989 y vigente hasta la actualidad. Esta norma, junto con su reglamento (D.S. 035-90-TR), establece las bases legales que todo empleador debe cumplir.
¿Qué dice la ley de asignación familiar?
La norma establece los siguientes puntos clave:
| Artículo | Disposición |
|---|---|
| Art. 1 | Los trabajadores del régimen privado tienen derecho a percibir asignación familiar |
| Art. 2 | El monto equivale al 10% de la RMV vigente |
| Art. 3 | El beneficio aplica por tener hijos menores de edad o estudiantes hasta 24 años |
| Art. 4 | El derecho existe independientemente del número de hijos |
Otras normas relacionadas
- D.S. 035-90-TR: Reglamento que detalla los procedimientos para solicitar el beneficio
- Ley de Productividad y Competitividad Laboral (D.S. 003-97-TR): Confirma el carácter remunerativo de la asignación
- Ley MYPE (D.S. 013-2013-PRODUCE): Establece la exclusión para trabajadores de micro y pequeñas empresas
Dato importante: La asignación familiar en Perú tiene más de 35 años de vigencia, lo que la convierte en uno de los beneficios laborales más consolidados del país.
Modificación por la Ley 31600 (2022)
En noviembre de 2022, la Ley 31600 modificó la Ley 25129 para ampliar los beneficiarios. El cambio más importante en más de tres décadas fue incluir un tercer supuesto de acceso:
| Supuesto | Edad | Documento requerido |
|---|---|---|
| Hijos menores de edad | < 18 años | DNI o partida de nacimiento |
| Hijos en estudios superiores | 18 - 24 años | Constancia de matrícula o estudios |
| Hijos con discapacidad severa | Sin límite de edad | Certificado CONADIS |
Importante: El hijo con discapacidad severa no debe percibir la Pensión No Contributiva por Discapacidad Severa establecida en la Ley 29973. Si la percibe, no tiene derecho a la asignación familiar.
¿Cuánto es la asignación familiar en el Perú 2026?
¿Cuánto es la asignación familiar en el Perú actualmente? Para el año 2026, el monto es de S/ 113 mensuales.
Este monto se calcula como el 10% de la Remuneración Mínima Vital, que actualmente asciende a S/ 1,130. Si el sueldo mínimo en Perú aumentara durante el año, la asignación familiar también se incrementaría proporcionalmente.
Cálculo de la asignación familiar
| Concepto | Monto |
|---|---|
| Remuneración Mínima Vital (RMV) 2026 | S/ 1,130 |
| Porcentaje de asignación | 10% |
| Asignación familiar mensual | S/ 113 |
¿Cuál es el porcentaje de asignación familiar?
El porcentaje de asignación familiar establecido por ley es del 10% de la Remuneración Mínima Vital (RMV). Este porcentaje se ha mantenido constante desde la promulgación de la Ley 25129 en 1989.
¿Por qué se eligió el 10%? La normativa buscó establecer un monto fijo y fácil de calcular que beneficiara a todos los trabajadores por igual, sin distinción de su nivel salarial.
| Año | RMV | Porcentaje | Asignación Familiar |
|---|---|---|---|
| 2024 | S/ 1,025 | 10% | S/ 102.50 |
| 2025 | S/ 1,130 | 10% | S/ 113.00 |
| 2026 | S/ 1,130 | 10% | S/ 113.00 |
Nota: Aunque tu sueldo sea mayor al mínimo, la asignación familiar siempre se calcula sobre la RMV, no sobre tu remuneración real. Esto significa que un trabajador que gana S/ 5,000 recibe la misma asignación que uno que gana S/ 1,500.
Impacto en tu sueldo anual
Aunque parezca un monto pequeño mensualmente, a lo largo del año representa:
| Período | Monto aproximado |
|---|---|
| Mensual | S/ 113 |
| Anual (12 meses) | S/ 1,356 |
| Incluido en gratificaciones | + S/ 226 aprox. |
| Total anual estimado | S/ 1,582 |
Nota: El monto puede variar ligeramente según los meses trabajados y si la RMV cambia durante el año.
Nota: No incluye la Bonificación Extraordinaria (9%) sobre la gratificación, que también se calcula sobre la asignación familiar.
¿Quiénes tienen derecho a la asignación familiar?
Para acceder a este beneficio, generalmente debes cumplir estos requisitos:
Requisitos del trabajador
- Pertenecer al régimen laboral de la actividad privada
- Estar registrado en planilla
- Trabajar en promedio 4 horas diarias o más (criterio interpretativo, no establecido explícitamente en la ley)
- Tener hijos que cumplan los requisitos de edad
Requisitos de los hijos
- Ser menores de 18 años, o
- Tener entre 18 y 24 años y estar cursando estudios superiores (universitarios, técnicos o de formación profesional), o
- Tener discapacidad severa certificada por CONADIS, sin límite de edad (Ley 31600)
Casos especiales
| Situación | ¿Tiene derecho? |
|---|---|
| Hijo menor de 18 años | ✅ Sí |
| Hijo de 18-24 años estudiando | ✅ Sí (con constancia de estudios) |
| Hijo mayor de 24 años | ❌ No |
| Hijo con discapacidad severa certificada | ✅ Sí, sin límite de edad (Ley 31600) |
| Hijo con discapacidad que percibe pensión no contributiva | ❌ No |
| Ambos padres trabajan | ✅ Ambos pueden recibirla |
| Padre soltero/viudo | ✅ Sí |
| Madres trabajadoras | ✅ Sí |
¿Ambos padres trabajan? Según la normativa, si ambos padres son trabajadores del régimen privado, cada uno tiene derecho a percibir la asignación familiar de forma independiente.
Trabajadores excluidos
Generalmente no tienen derecho a asignación familiar:
- Trabajadores de Micro y Pequeña Empresa (inscritas en REMYPE)
- Trabajadores del sector público (tienen su propio régimen)
- Trabajadores part-time con menos de 4 horas diarias
- Locadores de servicios (recibo por honorarios)
¿Cómo solicitar la asignación familiar?
El proceso para solicitar la asignación familiar es sencillo, pero debes ser proactivo. Tu empleador generalmente no lo activará automáticamente.
Paso 1: Reúne los documentos
Necesitarás presentar:
- Partida de nacimiento del hijo o hijos (copia simple)
- DNI del hijo (copia simple)
- Si el hijo es mayor de 18 años: Constancia de estudios vigente
- Si el hijo tiene discapacidad severa: Certificado de discapacidad de CONADIS
- Solicitud escrita dirigida al área de Recursos Humanos
Paso 2: Presenta la solicitud
- Redacta una carta simple solicitando el beneficio
- Adjunta los documentos de respaldo
- Presenta la solicitud a Recursos Humanos o al área de planillas
- Solicita un cargo o constancia de recepción
Paso 3: Verifica tu boleta
A partir del siguiente mes, verifica que el concepto “Asignación Familiar” aparezca en tu boleta de pago con el monto de S/ 113.
Modelo de solicitud
[Ciudad], [fecha]
Señores
[Nombre de la empresa]
Presente.-
Asunto: Solicitud de Asignación Familiar
Yo, [tu nombre completo], identificado(a) con DNI N° [número],
trabajador(a) de esta empresa en el cargo de [tu cargo],
solicito se me otorgue el beneficio de Asignación Familiar
conforme a la Ley 25129 y su modificación por la Ley 31600,
por tener hijo(s) menor(es) de edad / hijo(s) con discapacidad
severa certificada a mi cargo.
Adjunto:
- Copia de partida de nacimiento
- Copia de DNI del menor
- [Constancia de estudios / Certificado de discapacidad CONADIS, según corresponda]
Atentamente,
[Tu firma]
[Tu nombre]
DNI: [número]
¿Cómo aparece en la boleta de pago?
La asignación familiar debe aparecer como un concepto separado en tu boleta de pago. Generalmente se muestra así:
En la planilla electrónica (PLAME), este beneficio se registra bajo el Código 0201.
Ejemplo de boleta
| Concepto | Monto |
|---|---|
| Remuneración básica | S/ 2,000.00 |
| Asignación familiar | S/ 113.00 |
| Horas extras | S/ 150.00 |
| Total bruto | S/ 2,263.00 |
¿Por qué es importante que aparezca separada?
Porque la asignación familiar tiene carácter remunerativo. Esto significa que:
- ✅ Se incluye en el cálculo de tu CTS
- ✅ Se incluye en el cálculo de tu gratificación
- ✅ Se incluye en el cálculo de tus vacaciones
- ✅ Se considera para la indemnización por despido
Si tu empleador te paga la asignación “por fuera” o no la registra en boleta, estaría afectando el cálculo de tus otros beneficios.
Ejemplo del impacto en tu CTS
| Concepto | Sin asignación | Con asignación |
|---|---|---|
| Sueldo base | S/ 2,000 | S/ 2,000 |
| Asignación familiar | S/ 0 | S/ 113 |
| Remuneración mensual base | S/ 2,000 | S/ 2,113 |
| CTS semestral (aprox.) | S/ 1,166 | S/ 1,233 |
La diferencia puede parecer pequeña, pero sumada a gratificaciones y vacaciones, representa un monto significativo al año.
¿Se paga la asignación familiar por días trabajados?
No. La asignación familiar se paga íntegramente cada mes, sin importar cuántos días trabajaste. Esto significa que:
- ✅ Si trabajaste todo el mes: recibes S/ 113 completos
- ✅ Si trabajaste 15 días: igual recibes S/ 113 completos
- ✅ Si estás en período de prueba: tienes derecho desde el primer día
Base legal: SUNAFIL y la Corte Suprema han establecido que la asignación familiar no tiene naturaleza contraprestativa, por lo que su pago no es proporcional al tiempo laborado (Resolución 099-2021-SUNAFIL).
Excepción: En el régimen agrario (Ley 31110), el pago puede ser proporcional.
¿Afecta la asignación familiar el cálculo de impuesto a la renta (5ta categoría)?
Sí. La asignación familiar sí se incluye en la remuneración bruta para el cálculo del Impuesto a la Renta de 5ta categoría. Sin embargo:
- Se considera parte de tu ingreso tributable
- Tu empleador retiene el impuesto sobre el total de tu remuneración, incluyendo los S/ 113
- No es un ingreso exonerado del impuesto
Esto significa que, aunque recibes S/ 113 adicionales, una pequeña parte puede destinarse al pago de tu impuesto a la renta mensual. Aun así, el beneficio neto sigue siendo positivo porque también aumenta el cálculo de tus gratificaciones, CTS y vacaciones.
¿Qué pasa si tengo convenio colectivo?
Este es un punto que genera mucha confusión. Según la Corte Suprema (Casación Laboral 2630-2009-Huaura):
| Situación | ¿Aplica asignación legal? |
|---|---|
| Convenio no menciona asignación familiar | ✅ Sí, aplica el 10% de RMV |
| Convenio fija monto menor al legal | ✅ Prevalece el monto legal (S/ 113) |
| Convenio fija monto igual o mayor | ✅ Aplica el convenio |
Conclusión: Tener convenio colectivo no te quita el derecho a la asignación familiar. Si tu convenio fija menos de S/ 113, tienes derecho a recibir la diferencia.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?
El plazo de prescripción para reclamar la asignación familiar no pagada es de 4 años desde la fecha de cese (Ley 27321).
| Situación | Plazo para reclamar |
|---|---|
| Aún trabajas en la empresa | Sin límite (desde el inicio de la relación laboral) |
| Ya cesaste | 4 años desde la fecha de cese |
| Presentas denuncia en SUNAFIL | SUNAFIL puede multar a la empresa |
Dato clave: Según la Corte Suprema, la asignación familiar es un derecho de orden público que nace por la sola existencia de la condición legal, aunque no hayas comunicado tu situación al empleador (Casación N° 14443-2015-Junín).
¿Qué hacer si no te pagan la asignación familiar?
Si cumples los requisitos y tu empleador no te paga la asignación familiar, tienes varias opciones:
1. Comunicación interna
Primero, intenta resolver el tema internamente:
- Presenta una solicitud formal (con cargo)
- Consulta con Recursos Humanos el motivo del no pago
- Guarda evidencia de todas las comunicaciones
2. Denuncia ante SUNAFIL
Si la empresa no responde o se niega a pagar:
- Ingresa a www.sunafil.gob.pe
- Presenta una denuncia por incumplimiento de beneficios laborales
- SUNAFIL realizará una inspección y puede multar a la empresa
3. Reclamo ante el Ministerio de Trabajo
También puedes acudir al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) para:
- Solicitar una audiencia de conciliación
- Reclamar el pago de la asignación adeudada
- Recibir orientación gratuita sobre tus derechos
Prescripción del reclamo
Si sigues trabajando, puedes reclamar todos los pagos no realizados desde el inicio de tu relación laboral (no hay límite de tiempo). Si ya dejaste de trabajar, tienes un plazo de 4 años contados desde el fin del vínculo laboral para presentar la demanda.
Monto y requisitos de la asignación familiar
| Aspecto | Detalle |
|---|---|
| Monto 2026 | S/ 113 mensuales |
| Base de cálculo | 10% de la RMV |
| Es único | No aumenta por más hijos |
| Edad límite | 18 años (24 si estudia, sin límite si discapacidad severa) |
| Carácter | Remunerativo |
| Base legal | Ley 25129 |
| Dónde reclamar | SUNAFIL o Ministerio de Trabajo |
Asegura el pago correcto de tu asignación familiar
La asignación familiar de S/ 113 mensuales es un derecho consolidado que todo trabajador del sector privado con hijos debe reclamar. Como has visto, este beneficio no solo representa un ingreso adicional directo, sino que también incrementa el monto de tus gratificaciones, CTS y vacaciones al tener carácter remunerativo.
Recuerda los puntos clave:
- ✅ El monto es S/ 113 mensuales (10% de la RMV)
- ✅ Es único, no aumenta por cantidad de hijos
- ✅ Aplica a hijos < 18 años, hasta 24 años si estudian, o sin límite de edad si tienen discapacidad severa (Ley 31600)
- ✅ Se paga íntegramente, sin proporcionalidad por días trabajados
- ✅ Tienes 4 años para reclamar si ya no trabajas en la empresa
- ✅ Aun tengas convenio colectivo, prevalece el monto legal si es menor
Si cumples los requisitos y tu empleador no te paga este beneficio, presenta tu solicitud formal con los documentos correspondientes. De no obtener respuesta, acude a SUNAFIL o al Ministerio de Trabajo.
Cómo verificamos esta información
Este artículo fue revisado por el equipo editorial de SueldoJusto.pe, dedicado al análisis de la normativa laboral peruana. Para asegurar la mayor precisión posible, consultamos las siguientes fuentes oficiales:
- Ley 25129 y su reglamento D.S. 035-90-TR (publicados en el Diario Oficial El Peruano)
- Ley 31600 (2022), que amplió el beneficio a hijos con discapacidad severa certificada
- Portal de SUNAFIL — criterios de fiscalización sobre asignación familiar
- Jurisprudencia de la Corte Suprema — Casación Laboral 2630-2009-Huaura y Casación N° 14443-2015-Junín sobre proporcionalidad y derecho de orden público
Última verificación normativa: 22 de mayo de 2026 Próxima revisión programada: 22 de noviembre de 2026
¿Notaste algún cambio normativo reciente? Escríbenos a [email protected] (fines editoriales; no brindamos asesoría legal personalizada)
Disclaimer: Esta información tiene carácter orientativo y se basa en la normativa vigente a la fecha de publicación. Para casos específicos, consulta con un profesional en derecho laboral o acude al Ministerio de Trabajo.
Última actualización: Mayo 2026
Nota Legal: Este artículo es informativo. Los montos son referenciales y pueden variar según la normativa vigente. Para cálculos oficiales, consulte con el área contable de su empresa.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es la asignación familiar 2026?
¿La asignación familiar se paga por cada hijo?
¿Hasta qué edad aplica la asignación familiar?
¿La asignación familiar cuenta para CTS y gratificación?
¿Qué dice la Ley 31600 sobre asignación familiar?
¿Se paga la asignación familiar proporcional a los días trabajados?
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar la asignación familiar no pagada?
¿Si tengo convenio colectivo pierdo la asignación familiar?
¿Qué pasa si no me pagan la asignación familiar?
¿Cuánto es la asignación familiar en el Perú actualmente?
¿Cuál es el porcentaje de asignación familiar sobre el sueldo mínimo?
¿Qué dice la ley de asignación familiar en Perú?
¿Qué es asignación familiar y quién la recibe?
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