En Perú, aproximadamente 400,000 personas se dedican al trabajo del hogar y, según la ENAHO, cerca del 87% lo hace de forma informal. Eso significa que la mayoría no tiene contrato, no recibe beneficios sociales y no cuenta con seguro de salud. Desde octubre de 2020, la Ley N° 31047 equiparó los derechos del trabajador del hogar con los del régimen laboral general, pero la mayoría de empleadores y trabajadores aún desconocen estas reglas.
Sigue leyendo esta guía para conocer todos los derechos del trabajador del hogar en Perú 2026: cuánto debe ganar, qué beneficios le corresponden, cómo formalizar el contrato y cuáles son las obligaciones del empleador.
Qué es un trabajador del hogar en Perú
Un trabajador del hogar es la persona que realiza labores propias del desenvolvimiento de la vida de un hogar y la conservación de una casa habitación, siempre que no importen negocio o lucro económico directo para el empleador. Esta definición está establecida en el artículo 3 de la Ley 31047.
Qué labores realiza un trabajador del hogar
La ley menciona expresamente las siguientes actividades:
- Limpieza y orden del hogar
- Cocina y preparación de alimentos
- Lavado y planchado de ropa
- Asistencia y cuidado de niños, adolescentes, adultos mayores, enfermos o personas con discapacidad
- Cuidado de mascotas
- Mantenimiento general del hogar
- Jardinería y otras tareas domésticas
Diferencia entre trabajador del hogar con y sin residencia
| Aspecto | Con residencia | Sin residencia |
|---|---|---|
| Vive en el hogar del empleador | Sí | No |
| Descanso entre jornadas | 12 horas continuas mínimo | No aplica (jornada fija) |
| Alimentación y alojamiento | Los provee el empleador | No aplica |
| ¿Se descuenta alojaje? | No. No forma parte de la remuneración | No aplica |
| Jornada máxima | 8 horas diarias / 48 semanales | 8 horas diarias / 48 semanales |
Importante: El alojamiento y la alimentación que el empleador proporciona al trabajador del hogar con residencia no se consideran parte de la remuneración y no pueden ser descontados del sueldo.
Nota sobre la edad mínima: La Ley 31047 establece que solo personas mayores de 18 años pueden trabajar como trabajadores del hogar. Emplear a un menor de edad en estas labores constituye una infracción muy grave sancionada por SUNAFIL con multas que superan los S/ 24,000, sin perjuicio de las responsabilidades penales correspondientes.
Ley 31047: Marco Legal del Trabajador del Hogar
La Ley N° 31047, publicada el 1 de octubre de 2020, es la norma principal que regula el trabajo del hogar en Perú. Derogó la anterior Ley 27986 y estableció la equiparación de derechos con el régimen laboral general de la actividad privada. Perú ratificó el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en junio de 2018, comprometiéndose a garantizar condiciones de trabajo decentes para las trabajadoras y trabajadores del hogar. La Ley 31047 es la respuesta normativa nacional a este compromiso internacional.
Ley 27986 vs Ley 31047: qué cambió
| Derecho | Ley 27986 (2003) | Ley 31047 (2020) |
|---|---|---|
| Remuneración mínima | RMV | RMV |
| Vacaciones | 30 días | 30 días |
| Gratificaciones | No tenía | Sí, 2 al año |
| CTS | No tenía | Sí, mayo y noviembre |
| EsSalud | No estaba obligatorio | Sí, a cargo del empleador |
| Sistema de pensiones | No estaba obligatorio | Sí, AFP u ONP |
| Jornada máxima | No especificaba | 8 horas / 48 semanales |
| Día feriado gremial | No existía | 30 de marzo |
| Protección contra despido | Limitada | Equiparada al régimen general |
El cambio más significativo fue la incorporación de gratificaciones, CTS, EsSalud y afiliación pensionaria, derechos que antes no correspondían al trabajador del hogar.
Reglamento DS 009-2021-TR: puntos clave
El Decreto Supremo N° 009-2021-TR, publicado el 17 de abril de 2021, reglamenta la Ley 31047. Entre sus disposiciones más importantes:
- El contrato se presume a plazo indeterminado
- Es obligatoriamente por escrito, por duplicado
- Debe registrarse en el MTPE dentro de 3 días hábiles
- El descanso semanal es de 24 horas consecutivas (preferentemente domingo)
- Las trabajadoras con residencia tienen 12 horas continuas de descanso entre jornadas
- La sobretiempo es voluntaria y se remunera según las reglas del régimen general
Sueldo del Trabajador del Hogar 2026
Remuneración mínima vital: ¿cuánto debe ganar?
El sueldo mínimo de un trabajador del hogar con jornada completa es de S/ 1,130 mensuales, equivalente a la Remuneración Mínima Vital (RMV). No existe un sueldo diferenciado para este sector: la Ley 31047 establece en su artículo 7 que la remuneración no puede ser inferior a la RMV vigente.
| Concepto | Monto 2026 |
|---|---|
| RMV jornada completa (48 hrs/semana) | S/ 1,130 |
| UIT 2026 | S/ 5,500 |
Pago proporcional por horas o días
Si la trabajadora no labora jornada completa, el pago es proporcional a la RMV:
| Modalidad | Cálculo | Ejemplo |
|---|---|---|
| Media jornada (4 hrs/día) | 50% de RMV | S/ 565/mes |
| Por días (3 días/semana) | 50% de RMV | S/ 565/mes |
| Por horas | RMV × (horas/8) × (días/6) | Variable |
Nota sobre part-time: Si el promedio de jornada es igual o mayor a 4 horas diarias, la trabajadora tiene derecho a todos los beneficios sociales. Si es menor a 4 horas, solo percibe la RMV proporcional.
Descanso semanal obligatorio y feriados
Todo trabajador del hogar tiene derecho a:
- 24 horas consecutivas de descanso semanal (preferentemente domingo)
- Día 30 de marzo: Feriado no laborable y remunerado (Día de las Trabajadoras y Trabajadores del Hogar)
- Los feriados nacionales aplican igual que para cualquier trabajador
Contrato de Trabajo del Hogar
El contrato de trabajo del hogar es obligatoriamente por escrito, por duplicado. Una copia queda para el empleador y otra se entrega al trabajador.
Requisitos del contrato escrito
El contrato debe contener como mínimo:
- Datos del empleador: Nombre, DNI, domicilio
- Datos del trabajador: Nombre, DNI, domicilio
- Tipo de labores a realizar (limpieza, cocina, cuidado, etc.)
- Modalidad: Con residencia o sin residencia
- Jornada laboral: Horario de entrada y salida
- Remuneración: Monto mensual y forma de pago
- Fecha de inicio de la relación laboral
- Plazo: Indeterminado (se presume) o determinado con fecha de vencimiento
El MTPE aprobó modelos referenciales de contrato mediante RD 0001-2021-MTPE-2-15, pero no es obligatorio usar exactamente ese formato.
Registro en el MTPE: paso a paso
El empleador debe registrar el contrato en la plataforma del MTPE dentro de los 3 días hábiles siguientes al inicio de la relación laboral:
- Ingresa a la plataforma: apps.trabajo.gob.pe/rcth/app/
- Regístrate como empleador: Crea tu cuenta con tu DNI y datos de contacto
- Registra los datos del trabajador: DNI, nombres, dirección
- Completa los datos del contrato: Fechas, remuneración, jornada, labores
- Confirma el registro: El sistema generará una constancia
¿No registras el contrato? SUNAFIL puede sancionarte con multas que van desde S/ 275 hasta S/ 24,750 según la gravedad de la infracción. Puedes consultar más detalles sobre multas de SUNAFIL 2026.
Beneficios Sociales del Trabajador del Hogar
Con la Ley 31047, el trabajador del hogar accede a los mismos beneficios sociales del régimen general. Aquí el detalle de cada uno:
CTS: depósito y cálculo
La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) se deposita dos veces al año, en mayo y noviembre.
Fórmula de cálculo:
Remuneración Computable = Sueldo mensual + 1/6 de la gratificación
CTS mensual = Remuneración Computable ÷ 12
CTS semestral = CTS mensual × 6 meses completos
Ejemplo para una trabajadora que gana S/ 1,130:
| Concepto | Cálculo | Monto |
|---|---|---|
| Sueldo mensual | — | S/ 1,130.00 |
| 1/6 de gratificación | S/ 1,130 ÷ 6 | S/ 188.33 |
| Remuneración computable | S/ 1,130 + S/ 188.33 | S/ 1,318.33 |
| CTS semestral (6 meses) | S/ 1,318.33 ÷ 12 × 6 | S/ 659.17 |
Puedes usar nuestra calculadora de CTS para obtener un monto estimado según tu caso. Para más detalles, revisa nuestra guía completa sobre la CTS en Perú.
Gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad
El trabajador del hogar tiene derecho a dos gratificaciones al año:
| Gratificación | Fecha de pago | Monto |
|---|---|---|
| Fiestas Patrias | Primera quincena de julio | 1 remuneración mensual |
| Navidad | Primera quincena de diciembre | 1 remuneración mensual |
Si tiene menos de 6 meses: Se paga de forma proporcional por los meses completos laborados.
Ejemplo: Una trabajadora que ganó S/ 1,130 y laboró 4 meses antes de julio:
Gratificación proporcional = (4 ÷ 6) × S/ 1,130 = S/ 753.33
Para más información, consulta nuestra guía sobre la gratificación en Perú o usa la calculadora de gratificación.
Vacaciones: 30 días de descanso remunerado
El trabajador del hogar tiene derecho a 30 días calendario de vacaciones remuneradas por cada año completo de servicios. Esto es igual que en el régimen laboral general.
| Situación | Regla |
|---|---|
| 1 año completo | 30 días calendario |
| Menos de 1 año | Pago proporcional (dozavos y treintavos) |
| Remuneración vacacional | Equivale a la remuneración habitual |
Importante: No se considera vacaciones el periodo en que el trabajador estuvo a disposición del empleador durante las vacaciones de este.
Asignación familiar
Por el principio de equiparación de la Ley 31047, la asignación familiar se considera aplicable para el trabajador del hogar que tenga hijos dependientes menores de 18 años ( o hasta 22 años si cursan estudios).
Nota: Este beneficio no está expresamente detallado en la regulación específica del trabajador del hogar, sino que se deriva por equiparación con el régimen general. Se recomienda verificar con un profesional laboral o contable.
| Concepto | Monto 2026 |
|---|---|
| Asignación familiar | S/ 113.00 mensuales (10% de la RMV) |
Jornada Laboral y Horas Extras
Jornada máxima y descanso
| Concepto | Regla |
|---|---|
| Jornada diaria máxima | 8 horas |
| Jornada semanal máxima | 48 horas |
| Descanso entre jornadas (con residencia) | 12 horas continuas |
| Descanso semanal | 24 horas consecutivas |
La jornada laboral del trabajador del hogar está sujeta a los mismos límites que el régimen general. La reducción de jornada no puede implicar una reducción de la remuneración, salvo acuerdo escrito.
Cómo se calculan las horas extras
El trabajo en sobretiempo es voluntario y se remunera según las reglas del régimen general. Para más detalles, consulta nuestra guía sobre horas extras en Perú.
| Tipo de hora extra | Recargo |
|---|---|
| Horas extras diurnas | +25% sobre la tarifa horaria |
| Horas extras nocturnas | +35% sobre la tarifa horaria |
EsSalud y Pensiones para el Trabajador del Hogar
Aporte a EsSalud: cargo del empleador
El aporte a EsSalud es del 9% de la remuneración y es cargo exclusivo del empleador. No se descuenta del sueldo de la trabajadora.
| Remuneración | Aporte mensual EsSalud | Quién paga |
|---|---|---|
| S/ 1,130 (RMV) | S/ 101.70 | Empleador |
| S/ 565 (media jornada) | S/ 50.85 | Empleador |
La trabajadora afiliada a EsSalud tiene acceso a todas las prestaciones de salud: consultas, hospitalización, cirugía, maternidad y medicamentos. Para comparar opciones de seguro, revisa nuestra guía EsSalud vs EPS.
AFP vs ONP: ¿a qué sistema pensionario afiliarse?
El trabajador del hogar debe estar afiliado obligatoriamente a un sistema de pensiones: ONP o AFP. Es una retención que hace el empleador de la remuneración del trabajador.
| Sistema | Aporte mensual | Sobre S/ 1,130 |
|---|---|---|
| ONP (13%) | 13% de la remuneración | S/ 146.90 |
| AFP (variable) | 10% fondo + comisión + seguro | Depende de la AFP |
A marzo de 2026, aproximadamente 73,700 trabajadoras del hogar están afiliadas al sistema pensionario, de las cuales el 88% son mujeres. Lima concentra el 65.88% de las afiliadas.
Para decidir qué sistema te conviene, revisa nuestra comparativa completa de AFP vs ONP.
Formulario 1676 SUNAT: cómo declarar y pagar
Atención: El empleador del hogar NO usa el PDT PLAME convencional. Utiliza el Formulario Virtual 1676 de la SUNAT, diseñado específicamente para declarar y pagar los aportes de trabajadores del hogar.
Pasos para declarar:
- Obtén tu RUC como empleador en la SUNAT
- Ingresa a SUNAT Operaciones en Línea con tu Clave SOL
- Selecciona el Formulario Virtual 1676 — Trabajadores del Hogar
- Declara la remuneración del mes y el sistema calcula automáticamente los aportes
- Paga el total (EsSalud + pensión) desde la misma plataforma
El empleador puede deducir el aporte a EsSalud como gasto en su declaración anual del Impuesto a la Renta.
Extinción del Vínculo Laboral y Liquidación
Renuncia del trabajador del hogar: preaviso de 30 días
Si la trabajadora decide renunciar, debe dar un preaviso de 30 días. El empleador puede exonerar este preaviso y aceptar la renuncia de inmediato. Para más detalles sobre el proceso, consulta nuestra guía sobre cómo renunciar al trabajo en Perú.
Despido: causales y protección
El despido del trabajador del hogar se rige por las mismas causales del régimen general (artículos 23 al 28 del TUO del D.L. 728):
- Despido justificado: Por falta grave (incumplimiento de obligaciones, negligencia, etc.). Requiere carta de preaviso con descargo.
- Despido arbitrario: Sin causa justa. Genera indemnización de 1.5 remuneraciones diarias por cada mes completo, con máximo de 12 remuneraciones.
- Despido nulo por maternidad: Durante el embarazo y hasta 90 días posteriores al nacimiento. El empleador debe haber sido notificado del embarazo antes del despido.
- Despido nulo por sindicalización: Si la motivación es la afiliación sindical.
Para conocer los diferentes tipos de despido, revisa tipos de despido en Perú y despido arbitrario.
Cómo calcular la liquidación: ejemplo práctico
Al terminar el vínculo laboral, el empleador debe pagar la liquidación, que incluye todos los beneficios pendientes.
Ejemplo: Trabajadora con 1 año completo, RMV, ONP, sin hijos
Datos:
- Remuneración mensual: S/ 1,130 (RMV)
- Sistema pensionario: ONP (13%)
- Tiempo de servicios: 12 meses completos
Costo mensual del empleador:
| Concepto | Monto | Quién asume |
|---|---|---|
| Remuneración (RMV) | S/ 1,130.00 | Empleador → Trabajadora |
| Total que recibe la trabajadora | S/ 1,130.00 | — |
| Retención ONP (13%) | S/ 146.90 | Se descuenta del sueldo |
| Líquido mensual trabajadora | S/ 983.10 | — |
| Aporte EsSalud (9%) | S/ 101.70 | Empleador |
| Costo total mensual empleador | S/ 1,231.70 | — |
Beneficios anuales:
| Beneficio | Monto |
|---|---|
| Gratificación julio | S/ 1,130.00 |
| Gratificación diciembre | S/ 1,130.00 |
| CTS mayo (semestral) | S/ 659.17 |
| CTS noviembre (semestral) | S/ 659.17 |
| Vacaciones (30 días) | S/ 1,130.00 |
| Total beneficios anuales | S/ 4,708.34 |
Nota: Las vacaciones son un descanso remunerado. El monto mostrado equivale a la remuneración habitual que la trabajadora percibe durante sus 30 días de descanso (ya incluida en los 12 meses de salario). No constituye un pago adicional.
Costo total anual del empleador:
| Concepto | Monto anual |
|---|---|
| Remuneración (12 meses) | S/ 13,560.00 |
| Gratificaciones (2) | S/ 2,260.00 |
| CTS (2 semestres) | S/ 1,318.34 |
| EsSalud (12 meses) | S/ 1,220.40 |
| TOTAL COSTO ANUAL | S/ 18,358.74 |
Ejemplo: Trabajadora por horas (4 hrs/día, Lun-Vie), 6 meses, sin hijos
Datos:
- Jornada: 4 horas/día, lunes a viernes (20 hrs/semana)
- Sin residencia, sin hijos
- Tiempo de servicios: 6 meses (enero-junio)
| Concepto | Cálculo | Monto |
|---|---|---|
| Remuneración proporcional | 50% × S/ 1,130 | S/ 565.00/mes |
| Gratificación julio (6/6) | 1 × S/ 565 | S/ 565.00 |
| CTS (6 meses) | 6/12 × (565 + 1/6 × 565) | S/ 329.58 |
| Vacaciones trunca (6/12) | 50% × S/ 565 | S/ 282.50 |
| Total beneficios (6 meses) | S/ 1,177.08 |
Puedes calcular tu propia liquidación con nuestra calculadora de liquidación o revisar cómo calcular la liquidación laboral paso a paso.
Estadísticas y Contexto del Trabajo del Hogar en Perú
| Dato | Cifra | Fuente |
|---|---|---|
| Trabajadores del hogar en Perú | ~400,000 | MTPE/ENAHO |
| Porcentaje de mujeres | 96% | MININTER |
| Tasa de informalidad | ~87% | ENAHO 2020 |
| Afiliadas a ONP/AFPs | 73,700 (marzo 2026) | ONP |
| Contratos registrados en MTPE | ~12,702 (2024) | MTPE |
| Inspecciones SUNAFIL | 333 (42.6% con infracción) | SUNAFIL |
| Día del Trabajador del Hogar | 30 de marzo | Ley 31047, Art. 11 |
Estos números muestran que, a pesar de la Ley 31047, la mayoría de trabajadoras del hogar aún no accede a sus derechos. Si eres empleador, formalizar a tu trabajadora no solo evita multas sino que le garantiza protecciones básicas. Si eres trabajadora, conocer tus derechos es el primer paso para hacerlos valer.
Si detectas un incumplimiento, puedes denunciar ante SUNAFIL de forma gratuita. SUNAFIL tiene la facultad de inspeccionar y sancionar a los empleadores que no cumplan con la normativa.
Protección contra Hostigamiento y Discriminación
La Ley 31047 también protege al trabajador del hogar contra el hostigamiento laboral y sexual. Si sufres alguna situación de acoso, puedes:
- Denunciar ante SUNAFIL (inspección gratuita)
- Acudir al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
- Presentar una queja ante la Policía Nacional
Para más información sobre cómo proceder, revisa nuestra guía sobre hostigamiento laboral en Perú.
Protección Maternal y Licencias
Las trabajadoras del hogar embarazadas tienen protección especial:
| Derecho | Detalle |
|---|---|
| Licencia por maternidad | 98 días (prenatal y postnatal) |
| Subsidio por maternidad | Pagado por EsSalud |
| Permiso por lactancia | 1 hora diaria hasta los 12 meses del bebé |
| Despido nulo | Durante gestación y hasta 90 días post-nacimiento |
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Cuánto es el sueldo mínimo de una trabajadora del hogar en 2026?
En 2026, el sueldo mínimo de una trabajadora del hogar con jornada completa (48 horas semanales) es de S/ 1,130 mensuales, equivalente a la Remuneración Mínima Vital (RMV). Si trabaja por horas o días, el pago es proporcional a las horas trabajadas.
¿Qué beneficios sociales tiene una trabajadora del hogar en Perú?
Desde la Ley 31047 (2020), las trabajadoras del hogar tienen derecho a gratificaciones de julio y diciembre, CTS (mayo y noviembre), vacaciones de 30 días calendario, EsSalud pagado por el empleador, afiliación a sistema de pensiones (AFP u ONP) y descanso semanal de 24 horas consecutivas.
¿Cómo se calcula la CTS de una trabajadora del hogar?
La CTS se calcula dividiendo la remuneración computable (sueldo mensual + 1/6 de la gratificación) entre 12, y multiplicando por los meses completos trabajados. Se deposita en mayo y noviembre. Para una trabajadora que gana S/ 1,130, la CTS semestral aproximada es de S/ 659.
¿Cómo formalizar a una trabajadora del hogar paso a paso?
Debes: 1) Obtener RUC como empleador en SUNAT, 2) Suscribir contrato por escrito (por duplicado), 3) Registrar el contrato en la plataforma del MTPE dentro de 3 días hábiles, 4) Declarar y pagar aportes mensuales mediante el Formulario Virtual 1676 de la SUNAT.
¿Quién paga el EsSalud de la trabajadora del hogar?
El aporte a EsSalud (9% de la remuneración) es cargo exclusivo del empleador. No se descuenta del sueldo de la trabajadora. Para un sueldo de S/ 1,130, el empleador paga aproximadamente S/ 101.70 mensuales por este concepto.
¿Cuánto es la multa por no formalizar a una trabajadora del hogar?
Las multas de SUNAFIL van desde S/ 275 (infracción leve) hasta S/ 24,750 (infracción muy grave). Emplear a una persona menor de 18 años como trabajadora del hogar puede generar una multa de aproximadamente S/ 24,075.
¿Las trabajadoras del hogar tienen derecho a vacaciones pagadas?
Sí. La Ley 31047 establece 30 días calendario de vacaciones remuneradas por cada año completo de servicios, igual que en el régimen laboral general. Si no se completa el año, corresponde el pago proporcional.
¿Qué pasa si despido a una trabajadora del hogar sin causa justa?
Si el despido no tiene causa justa, la trabajadora tiene derecho a una indemnización equivalente a 1.5 remuneraciones diarias por cada mes completo de servicios, con un máximo de 12 remuneraciones. Además, si el despido ocurre durante el embarazo o dentro de los 90 días posteriores al nacimiento, se considera nulo.
¿Cuántas gratificaciones recibe una trabajadora del hogar?
Dos al año: una por Fiestas Patrias (pagadera en la primera quincena de julio) y otra por Navidad (primera quincena de diciembre). Cada una equivale a una remuneración mensual completa. Si tiene menos de 6 meses, se paga de forma proporcional.
¿Cuál es la jornada laboral máxima de una trabajadora del hogar?
La jornada máxima es de 8 horas diarias o 48 horas semanales. Las trabajadoras con residencia tienen derecho a 12 horas continuas de descanso entre jornadas. El descanso semanal obligatorio es de 24 horas consecutivas, preferentemente en día domingo.
Nota Legal: Este artículo es informativo. Los montos son referenciales y pueden variar según la normativa vigente. Para cálculos oficiales, consulte con el área contable de su empresa o con un profesional especializado.
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