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Despidos y Liquidación

Despido Arbitrario Perú 2026: Calcula tu Indemnización

¿Te despidieron sin causa? Calcula tu indemnización por despido arbitrario en Perú 2026. Fórmula oficial, topes y plazo de 30 días. ¡Haz el cálculo!

SueldoJusto.pe | Actualizado: 9 min de lectura
Despido Arbitrario Perú 2026: Calcula tu Indemnización

Si te despiden sin causa justa en Perú, la ley te protege: te podrían corresponder 1.5 sueldos por cada año trabajado, con un tope máximo de 12 sueldos. Este beneficio se conoce como indemnización por despido arbitrario y es independiente de la liquidación de beneficios sociales.

En esta guía actualizada te explicamos qué es el despido arbitrario, cómo calcular tu indemnización estimada, los topes legales, los plazos para demandar y qué hacer paso a paso si te despiden injustamente. También te dejamos nuestra calculadora para que verifiques tu caso.

Resumen en 30 segundos: El despido arbitrario ocurre cuando te despiden sin causa justa o no se puede probar. La indemnización es 1.5 remuneraciones por año, con tope de 12. El plazo legal para demandar es de 30 días desde el cese.

ConceptoDetalle
Fórmula base1.5 remuneraciones × año trabajado
Tope máximo12 remuneraciones (alcanzado aproximadamente a los 8 años)
Plazo legal30 días desde el cese (Art. 42 D.S. 003-97-TR)
ImpuestosExonerada de Impuesto a la Renta hasta el límite legal
¿Suma a liquidación?Sí, son conceptos independientes

¿Qué es el despido arbitrario en Perú?

El despido arbitrario ocurre cuando el empleador termina la relación laboral expresando una causa que no es justa o que no puede demostrarse en un juicio. La definición legal precisa se encuentra en el Art. 46 inc. c) del D.S. 003-97-TR (Texto Único Ordenado del D.L. 728), dentro del marco general de los artículos 34 al 42.

En términos sencillos: te despiden sin una razón válida que el empleador pueda probar. Si eso ocurre, podrías tener derecho a una indemnización estimada, según lo que resuelva el proceso judicial correspondiente.

Diferencia entre despido arbitrario, incausado y nulo

Aunque los tres conceptos están relacionados, tienen consecuencias distintas:

  • Despido arbitrario: se alega una causa, pero no es justa o no se prueba → indemnización (Art. 34 y 38 del D.S. 003-97-TR).
  • Despido incausado: no se expresa ninguna causa. En el régimen laboral peruano se trata como despido arbitrario y corresponde indemnización (Arts. 34 y 38 del D.S. 003-97-TR), no reposición.
  • Despido nulo: vulnera derechos fundamentales como la discriminación, el embarazo, la lactancia o la sindicalización → reposición (Art. 29 del D.S. 003-97-TR).

Importante: Si el empleador inventa una causa falsa para encubrir un despido nulo (por discriminación, embarazo o sindicalización), la situación se califica como despido nulo y corresponde reposición. Si inventa una causa falsa sin vulnerar un derecho fundamental, se trata de despido arbitrario y corresponde indemnización.

Causas que no justifican un despido

Tu empleador no puede despedirte legalmente por:

  • Solicitar tus beneficios laborales (CTS, gratificación, etc.)
  • Estar embarazada o en período de lactancia (Leyes 26644 y 30709)
  • Afiliarte o participar en un sindicato
  • Presentar quejas ante SUNAFIL
  • Discriminación por raza, género, religión, orientación sexual o discapacidad
  • Negarte a hacer horas extras no acordadas
  • Tener una enfermedad o accidente dentro de los límites legales
  • Tener cáncer, estar en tratamiento oncológico o sufrir efectos derivados de la enfermedad
  • Ejercer tu derecho a vacaciones laborales

Si te despidieron por alguna de estas razones, podría tratarse de un despido nulo. En esos casos, la ley protege de forma más fuerte al trabajador.

Cómo calcular la indemnización por despido arbitrario

La indemnización se calcula según el tipo de contrato y el tiempo de servicios. Para el régimen general a plazo indeterminado, el derecho a indemnización está en el Art. 34 y la fórmula en el Art. 38 del D.S. 003-97-TR.

Fórmula: 1.5 sueldos por año trabajado

Para trabajadores con contrato a plazo indeterminado:

Indemnización = 1.5 × Remuneración computable × Años completos de servicio

Por cada año trabajado, te podrían corresponder 1.5 remuneraciones como indemnización estimada.

Tope máximo de 12 remuneraciones

La ley establece un límite máximo a la indemnización:

ConceptoMonto
Por año trabajado1.5 remuneraciones
Tope máximo12 remuneraciones
Años aproximados para alcanzar tope8 años

Esto significa que, aunque hayas trabajado más de 8 años, el máximo que podrías recibir es 12 remuneraciones computables. La aplicación exacta depende de la interpretación judicial y de las circunstancias del caso.

Cálculo por meses y días

Si no completaste años exactos, la indemnización se calcula de forma proporcional:

Por meses completos:

Indemnización mensual = (1.5 × Remuneración computable ÷ 12) × Meses trabajados

Por días:

Indemnización diaria = (1.5 × Remuneración computable ÷ 360) × Días trabajados

¿Qué conceptos entran en la remuneración?

Para calcular la indemnización, se usa la remuneración computable, que incluye:

  • Sueldo básico mensual
  • Asignación familiar
  • Comisiones (promedio mensual)
  • Bonificaciones regulares
  • Cualquier concepto remunerativo permanente

No incluye:

  • Gratificaciones extraordinarias
  • Utilidades
  • Condiciones de trabajo (movilidad, viáticos)
  • CTS

Calculadora de indemnización por despido arbitrario

Si prefieres calcular tu indemnización de forma rápida, usa nuestra calculadora gratuita. Solo ingresa tu remuneración computable, los años, meses y días trabajados, y el tipo de contrato.

👉 Calcula tu indemnización estimada aquí

Recuerda que el resultado es un monto estimado. Para saber el monto que podría corresponder en tu caso particular, te recomendamos consultar con un abogado laboralista.

Indemnización según tipo de contrato

El cálculo varía según el tipo de contrato laboral que tengas.

Contrato a plazo indeterminado

Es el contrato “estable” o indefinido. Si tienes este tipo de contrato:

FactorValor
Indemnización por año1.5 remuneraciones computables
Tope máximo12 remuneraciones computables
Fracción de añoProporcional por dozavos y treintavos

Ejemplo: Con 3 años y 6 meses de trabajo y una remuneración de S/ 2,500:

  • Por 3 años: 3 × 1.5 × S/ 2,500 = S/ 11,250
  • Por 6 meses: (1.5 × S/ 2,500 ÷ 12) × 6 = S/ 1,875
  • Total estimado: S/ 13,125

Contrato a plazo fijo

Si tenías un contrato temporal (por inicio de actividad, suplencia, obra determinada, etc.) y te despidieron antes de que venza, la indemnización se calcula sobre el tiempo que faltaba para el vencimiento del contrato:

FactorValor
Indemnización1.5 remuneraciones computables por cada mes que falte
Tope máximo12 remuneraciones computables
Base legalArt. 76 D.S. 003-97-TR

Ejemplo: Te contrataron por 12 meses, pero te despidieron al mes 8. Tu remuneración es S/ 3,000.

  • Meses que faltaban: 4 meses
  • Indemnización: 1.5 × S/ 3,000 × 4 = S/ 18,000
  • El tope es 12 × S/ 3,000 = S/ 36,000
  • Como S/ 18,000 está dentro del tope, podrías recibir S/ 18,000

Nota: Este cálculo es referencial. Consulta con un especialista para tu caso específico.

Régimen MYPE: micro y pequeña empresa

Si trabajabas en una micro o pequeña empresa inscrita en REMYPE, la indemnización es reducida y se expresa en remuneraciones diarias:

Tipo de empresaIndemnización por añoTope máximoBase legal
Microempresa10 remuneraciones diarias por año90 remuneraciones diariasD.S. 013-2013-PRODUCE
Pequeña empresa20 remuneraciones diarias por año120 remuneraciones diariasD.S. 013-2013-PRODUCE

Cálculo para microempresa:

Indemnización = (Remuneración computable ÷ 30) × 10 × Años trabajados

Cálculo para pequeña empresa:

Indemnización = (Remuneración computable ÷ 30) × 20 × Años trabajados

Ejemplo microempresa: 2 años trabajados con remuneración de S/ 1,500:

  • Remuneración diaria: S/ 1,500 ÷ 30 = S/ 50
  • Indemnización estimada: S/ 50 × 10 × 2 = S/ 1,000

Ejemplo práctico paso a paso

Veamos dos casos completos para que apliques la fórmula a tu situación.

Caso 1: empleado del régimen general

Jorge trabajó 5 años y 4 meses como analista de sistemas en una empresa del régimen general. Su sueldo básico era de S/ 4,500 más S/ 113 de asignación familiar. Fue despedido sin que le expliquen la razón.

Paso 1: Determinar la remuneración computable

ConceptoMonto
Sueldo básicoS/ 4,500.00
Asignación familiarS/ 113.00
Remuneración computableS/ 4,613.00

Paso 2: Calcular indemnización por años completos

CálculoResultado
Años completos5 años
Fórmula1.5 × S/ 4,613 × 5
Subtotal añosS/ 34,597.50

Paso 3: Calcular indemnización por meses

CálculoResultado
Meses adicionales4 meses
Fórmula(1.5 × S/ 4,613 ÷ 12) × 4
Subtotal mesesS/ 2,306.50

Paso 4: Total de indemnización estimada

ConceptoMonto
Por años completosS/ 34,597.50
Por meses adicionalesS/ 2,306.50
TOTAL INDEMNIZACIÓN ESTIMADAS/ 36,904.00

Verificación de tope: 12 × S/ 4,613 = S/ 55,356. Como S/ 36,904 es menor al tope, Jorge podría recibir el monto completo calculado.

Caso 2: trabajadora con sueldo mínimo 2026

María trabajó 2 años y 3 meses con una remuneración computable de S/ 1,150 (sueldo mínimo vigente 2026) más S/ 113 de asignación familiar. Fue despedida sin causa justa.

  • Remuneración computable: S/ 1,150 + S/ 113 = S/ 1,263
  • Por 2 años: 2 × 1.5 × S/ 1,263 = S/ 3,789
  • Por 3 meses: (1.5 × S/ 1,263 ÷ 12) × 3 = S/ 473.63
  • Total estimado: S/ 4,262.63

El tope sería 12 × S/ 1,263 = S/ 15,156, por lo que el monto calculado aplica.

Recuerda: Esta indemnización es adicional a tu liquidación laboral, que incluye sueldo trunco, vacaciones, gratificación y CTS proporcional.

Requisitos para cobrar la indemnización

No todos los trabajadores despedidos tienen derecho a indemnización. Debes cumplir estos requisitos:

1. Haber superado el período de prueba

Durante el período de prueba, el empleador puede terminar el contrato sin expresar causa y sin pagar indemnización.

Tipo de trabajadorPeríodo de prueba
Trabajador común3 meses
Trabajador de confianzaHasta 6 meses
Personal de direcciónHasta 12 meses

Si eres trabajador de confianza o personal de dirección, tu período de prueba puede extenderse. Verifica tu contrato para saber cuándo ya estás protegido.

2. No haber cometido falta grave

Si cometiste una falta grave comprobada (robo, violencia, abandono de trabajo, etc.), el despido es justificado y no hay indemnización.

3. Que el despido sea sin causa justa

El empleador debe haber terminado tu contrato:

  • Sin expresar ninguna causa, o
  • Expresando una causa que no es justa, o
  • Sin poder demostrar la causa alegada

Este es el requisito más crítico y donde muchos trabajadores pierden su derecho.

Plazo de 30 días para demandar

El plazo para demandar por despido arbitrario está regulado en el Art. 42 del D.S. 003-97-TR. El texto legal establece 30 días naturales desde el cese. Sin embargo, parte de la jurisprudencia laboral y de la Corte Suprema ha discutido si este plazo debe computarse como hábiles.

Por seguridad, no esperes: actúa lo antes posible y consulta con un abogado laboralista para que evalúe tu caso antes de que venza el plazo.

AcciónPlazoBase legal
Impugnar despido arbitrario30 días desde el ceseArt. 42 D.S. 003-97-TR
Cobrar beneficios sociales4 añosLey 27321
Cobrar remuneraciones impagas4 añosLey 27321

¿Cómo se cuentan los 30 días?

  • Empiezan a contar desde el día siguiente a tu despido
  • El texto legal indica 30 días naturales
  • Algunos juzgados lo interpretan como hábiles
  • Si el último día cae en día inhábil, puede extenderse al siguiente día hábil

Consejo: Incluso si quieres negociar con tu empleador, hazlo dentro del plazo o podrías perder tu derecho a demandar. La caducidad generalmente no se suspende, salvo casos excepcionales de imposibilidad material.

Qué hacer si te despiden arbitrariamente

Sigue estos pasos para proteger tus derechos:

Paso 1: Exige la carta de despido

Tu empleador debe entregarte una carta escrita indicando la causa del despido. Si no te la entregan, el despido se considera incausado. Solicítala formalmente y guarda copia.

Paso 2: No firmes nada sin leer

Antes de firmar cualquier documento de liquidación o renuncia:

  • Lee todo con calma
  • No firmes bajo presión
  • Si no estás de acuerdo, firma “bajo protesta” o no firmes

Paso 3: Recopila evidencia

Junta todos los documentos que puedas:

  • Contrato de trabajo
  • Boletas de pago (mínimo últimos 6 meses)
  • Carta de despido (si la hay)
  • Correos o mensajes relacionados
  • Registro de asistencia
  • Testimonios de compañeros (si es posible)

Paso 4: Cobra tu liquidación

Tu empleador debe pagarte la liquidación en un máximo de 48 horas después del cese. Esto incluye:

  • Sueldo trunco
  • CTS trunca
  • Gratificación trunca
  • Vacaciones truncas

Usa nuestra Calculadora de Liquidación para verificar los montos.

Paso 5: Consulta con un abogado

Antes de que venzan los 30 días, consulta con un abogado laboralista para evaluar tu caso. Muchos ofrecen consulta inicial gratuita.

Paso 6: Presenta tu demanda (si corresponde)

Si decides accionar judicialmente, debes presentar una demanda ante el Juzgado Laboral de tu jurisdicción. El proceso suele incluir:

  1. Demanda laboral por despido arbitrario
  2. Audiencia de conciliación (intento de acuerdo)
  3. Audiencia de juzgamiento (si no hay acuerdo)
  4. Sentencia

El proceso puede durar entre 6 y 18 meses o más, según la complejidad y la carga procesal del juzgado. Podrías solicitar medidas cautelares si cuentas con documentación probatoria suficiente.

Diferencia entre indemnización y liquidación

Muchos trabajadores confunden estos conceptos. Aclaremos:

ConceptoDefinición¿Cuándo aplica?
LiquidaciónPago de beneficios sociales pendientes (sueldo trunco, CTS, vacaciones, gratificación)Siempre que termina la relación laboral
IndemnizaciónCompensación por el daño del despido arbitrarioSolo cuando hay despido sin causa justa

¿Qué recibes en cada caso?

Si te despiden arbitrariamenteSi renuncias
Liquidación completaLiquidación completa
+ Indemnización estimada (1.5 sueldos/año)Sin indemnización

En resumen: La liquidación la recibes siempre. La indemnización es un pago adicional que solo corresponde cuando el despido es arbitrario.

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Protege tus derechos: actúa a tiempo

El despido arbitrario es una situación estresante, pero recuerda que la ley te protege. Lo más importante es:

  1. No dejes pasar los 30 días para accionar
  2. Guarda toda la documentación relacionada con tu empleo
  3. Consulta con un profesional antes de firmar o aceptar acuerdos
  4. Calcula tus beneficios para saber cuánto podrías recibir

👉 Calcula tu indemnización estimada por despido arbitrario


Cómo verificamos esta información

Este artículo fue revisado por el equipo editorial de SueldoJusto.pe. Para asegurar la mayor precisión posible, consultamos las siguientes fuentes oficiales:

  • D.S. 003-97-TR (TUO del D.L. 728) — Arts. 34 (derecho a indemnización), 38 (fórmula), 42 (caducidad) y 46 inc. c) (definición de despido arbitrario).
  • Ley 26644 y Ley 30709 — protección a madres trabajadoras embarazadas y en lactancia.
  • Ley 27321 — plazos de prescripción para el cobro de beneficios sociales.
  • D.S. 013-2013-PRODUCE — régimen laboral MYPE y topes de indemnización reducidos.
  • Corte Suprema de Justicia del Perú — jurisprudencia sobre el cómputo de los 30 días.
  • Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) — guías oficiales sobre procedimiento de despido y cálculo de liquidación.
  • SUNAFIL — criterios inspectivos y sanciones por despido sin causa justa.

Última verificación normativa: 21 de junio de 2026 Próxima revisión programada: 21 de diciembre de 2026

¿Notaste algún cambio normativo reciente? Escríbenos a [email protected] (fines editoriales; no brindamos asesoría legal personalizada)


Última actualización: Junio 2026 Normativa base: D.S. 003-97-TR vigente a la fecha de publicación

Nota Legal: Este artículo tiene carácter exclusivamente informativo y educativo. No constituye asesoría legal, dictamen jurídico ni recomendación profesional vinculante. Los cálculos presentados son estimaciones referenciales que pueden variar según las circunstancias particulares de cada caso, la interpretación judicial y la normativa vigente. Para situaciones específicas, consulta con un abogado laboralista colegiado.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula la indemnización por despido arbitrario en Perú?
Para un contrato a plazo indeterminado, la indemnización equivale a 1.5 remuneraciones computables por cada año completo de servicios. Las fracciones de año se calculan proporcionalmente por meses y días. El resultado está sujeto al tope de 12 remuneraciones.
¿Cuál es el tope máximo de indemnización por despido arbitrario?
El tope máximo es de 12 remuneraciones computables. Se alcanza aproximadamente a los 8 años de servicio (8 × 1.5 = 12), aunque la aplicación exacta depende de la interpretación judicial y de las circunstancias del caso.
¿Qué diferencia hay entre indemnización y liquidación?
La liquidación cubre los beneficios sociales pendientes al terminar la relación laboral (sueldo trunco, CTS, vacaciones, gratificación). La indemnización es un pago adicional que aplica cuando el despido es arbitrario (o incausado, que se trata como arbitrario). El despido nulo, en cambio, genera reposición.
¿En qué casos no me corresponde indemnización por despido arbitrario?
No corresponde indemnización si aún estás en período de prueba, si cometiste una falta grave comprobada, si renunciaste voluntariamente, o si el empleador acredita una causa justa de despido. También caduca si no demandas dentro del plazo legal.
¿Cuánto tiempo tengo para demandar por despido arbitrario?
El plazo legal es de 30 días desde el cese. El texto del Art. 42 del D.S. 003-97-TR habla de 30 días naturales, aunque parte de la jurisprudencia laboral lo computa como hábiles. Por seguridad, inicia tu acción lo antes posible y consulta con un abogado laboralista.
¿Cómo usar la calculadora de indemnización por despido arbitrario?
Ingresa tu remuneración computable mensual, los años, meses y días trabajados, y el tipo de contrato. La calculadora te dará un monto estimado que podrías recibir según la normativa vigente.

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Revisado por el equipo editorial de SueldoJusto.pe

Equipo editorial enfocado en normativa laboral y beneficios del trabajador peruano.

Contenido elaborado con base en la normativa laboral vigente y datos oficiales de SUNAT, SBS, SUNAFIL y el Ministerio de Trabajo. Última verificación: . Este contenido no reemplaza la consulta con un abogado laboralista o contador colegiado.