¿Trabajaste todo un año sin tomar vacaciones y tu empleador nunca te las programó? Entonces podrías tener derecho a la indemnización vacacional, también conocida como el famoso “triple vacacional”. Muchos trabajadores desconocen este beneficio y dejan de cobrar lo que legalmente les corresponde.
En esta guía te explicamos qué es la indemnización vacacional, cuándo aplica, cómo calcularla paso a paso y qué hacer para reclamarla si tu empleador no te la paga. Al final, encontrarás nuestra calculadora para verificar cuánto podrías recibir.
¿Qué es la indemnización vacacional?
La indemnización vacacional es una compensación económica que el empleador debe pagar al trabajador cuando no le permitió tomar su descanso vacacional dentro del plazo establecido por ley.
Este derecho está regulado en el Artículo 23 del Decreto Legislativo 713 (Ley de Descansos Remunerados) y representa una sanción económica para el empleador que incumple con su obligación de otorgar el descanso físico al trabajador.
Base legal
| Norma | Contenido |
|---|---|
| D.L. 713 | Ley de Descansos Remunerados |
| D.S. 012-92-TR | Reglamento del D.L. 713 |
| Art. 23 D.L. 713 | Establece el triple vacacional |
| Ley 27321 | Prescripción de derechos laborales |
La indemnización vacacional tiene como objetivo proteger el derecho constitucional al descanso. Las vacaciones no son un “beneficio opcional”, sino un derecho irrenunciable que tu empleador está obligado a respetar.
¿Por qué se llama “triple vacacional”?
Se le conoce como “triple vacacional” porque cuando las vacaciones vencen sin ser gozadas, el trabajador tiene derecho a recibir el equivalente a tres remuneraciones mensuales:
- Una remuneración por el descanso adquirido (el derecho vacacional en sí)
- Una remuneración por haber trabajado en vez de descansar
- Una remuneración como indemnización por el incumplimiento
Es importante entender que la tercera remuneración es específicamente la indemnización vacacional. Los otros dos componentes corresponden al pago del derecho vacacional y a la retribución por el trabajo efectuado.
¿Cuándo tengo derecho al triple vacacional?
No siempre que no tomes vacaciones tienes derecho al triple vacacional. Hay condiciones específicas que deben cumplirse para que aplique esta indemnización.
Requisitos para el triple vacacional
Para que tengas derecho a la indemnización vacacional, deben cumplirse estas condiciones:
| Requisito | Explicación |
|---|---|
| Completar un año de servicios | Debes haber trabajado al menos 12 meses continuos |
| Cumplir el récord vacacional | Mínimo 260 días (jornada 6 días/semana) o 210 días (jornada 5 días/semana) |
| Vencimiento del período | Debe pasar un año adicional sin que el empleador te otorgue las vacaciones |
¿Cuándo vencen las vacaciones?
Este punto es crucial. El derecho vacacional nace cuando cumples un año de trabajo, pero vence cuando pasa otro año sin que las hayas tomado.
Ejemplo de línea de tiempo:
- Enero 2024: Ingresaste a trabajar
- Enero 2025: Cumples un año → Nace tu derecho a 30 días de vacaciones
- Enero 2026: Pasa otro año sin tomar vacaciones → Vence el período → Aplica el triple
El empleador tiene 12 meses desde que nace tu derecho vacacional para programar tus vacaciones. Si no lo hace, te corresponde la indemnización.
¿Y si el empleador me ofrece vacaciones pero yo las rechazo?
Aquí hay un punto importante: si tu empleador te programó vacaciones de forma oportuna y tú rechazaste tomarlas sin justificación válida, podrías perder el derecho a la indemnización. La jurisprudencia ha establecido que el empleador debe demostrar que ofreció las vacaciones y el trabajador las rechazó.
Para protegerte, siempre solicita tus vacaciones por escrito y guarda una copia. Si el empleador se niega, esa comunicación será prueba a tu favor.
Cómo calcular la indemnización vacacional
El cálculo del triple vacacional es relativamente sencillo una vez que entiendes sus componentes.
Fórmula del triple vacacional
Triple vacacional = Remuneración × 3
Sin embargo, en la práctica, el pago adicional que recibirás es de 2 remuneraciones, no 3. ¿Por qué? Porque el componente de “trabajo realizado” ya lo recibiste mes a mes como tu sueldo regular mientras trabajabas en vez de descansar.
Componentes del cálculo
| Componente | Concepto | ¿Ya lo cobraste? | Monto adicional |
|---|---|---|---|
| 1. Descanso adquirido | Por no haber gozado las vacaciones | No | 1 remuneración |
| 2. Trabajo realizado | Por haber trabajado esos días | Sí (sueldo mensual) | 0 |
| 3. Indemnización | Sanción al empleador | No | 1 remuneración |
| Total adicional | 2 remuneraciones |
¿Qué incluye la remuneración computable?
La remuneración que se usa para calcular la indemnización vacacional incluye:
- ✅ Sueldo básico
- ✅ Asignación familiar (S/ 113.00 si aplica)
- ✅ Comisiones (promedio de los últimos 12 meses)
- ✅ Bonificaciones regulares
- ✅ Cualquier concepto remunerativo fijo
No se incluyen:
- ❌ Gratificaciones extraordinarias
- ❌ Utilidades
- ❌ Bonificaciones por productividad variable
- ❌ Movilidad supeditada a asistencia
Ejemplos prácticos de cálculo
Veamos algunos casos reales para que puedas entender mejor cómo calcular la indemnización vacacional.
Ejemplo 1: Trabajador con sueldo fijo
Caso: Roberto trabaja hace 3 años en una empresa. Nunca le dieron vacaciones. Su sueldo es de S/ 3,500 más S/ 113 de asignación familiar.
| Período | Descanso (1) | Trabajo (2) | Indemnización (3) | Total |
|---|---|---|---|---|
| Año 1 (vencido) | S/ 3,613 | S/ 3,613 | S/ 3,613 | S/ 10,839 |
| Año 2 (vencido) | S/ 3,613 | S/ 3,613 | S/ 3,613 | S/ 10,839 |
| Año 3 (no vencido) | S/ 3,613 | - | - | S/ 3,613 |
| Total bruto | S/ 25,291 |
¿Cuánto recibiría adicionalmente?
Como Roberto ya cobró su sueldo mensual (componente 2), el monto adicional que debe recibir en su liquidación sería:
- Año 1: S/ 3,613 (descanso) + S/ 3,613 (indemnización) = S/ 7,226
- Año 2: S/ 3,613 (descanso) + S/ 3,613 (indemnización) = S/ 7,226
- Año 3: S/ 3,613 (vacaciones truncas) = S/ 3,613
- Total adicional: S/ 18,065
Ejemplo 2: Trabajador con comisiones
Caso: Ana es vendedora y tiene un sueldo básico de S/ 1,500 más comisiones variables. El promedio de sus comisiones de los últimos 12 meses es S/ 2,000. Trabajó 2 años sin vacaciones.
Remuneración computable: S/ 1,500 + S/ 2,000 = S/ 3,500
| Período | Cálculo | Monto adicional |
|---|---|---|
| Año 1 (vencido) | S/ 3,500 × 2 | S/ 7,000 |
| Año 2 (no vencido) | S/ 3,500 × 1 | S/ 3,500 |
| Total | S/ 10,500 |
Ana recibiría aproximadamente S/ 10,500 adicionales por concepto de vacaciones no gozadas e indemnización.
Ejemplo 3: Trabajador en régimen MYPE
Caso: Carlos trabaja en una pequeña empresa (régimen MYPE). Su sueldo es de S/ 2,500. Trabajó 2 años sin vacaciones.
En el régimen MYPE, las vacaciones son de 15 días (no 30). El triple vacacional aplica igual, pero sobre la base de 15 días.
| Período | Cálculo | Monto |
|---|---|---|
| Vacaciones base (15 días) | S/ 2,500 ÷ 2 | S/ 1,250 |
| Triple por año vencido | S/ 1,250 × 3 | S/ 3,750 |
| Adicional por año 1 | S/ 1,250 × 2 | S/ 2,500 |
Carlos recibiría S/ 2,500 adicionales por cada período vacacional vencido.
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Diferencia entre vacaciones truncas e indemnización
Muchos trabajadores confunden estos dos conceptos. Aunque ambos están relacionados con vacaciones, son situaciones diferentes.
Vacaciones truncas
Las vacaciones truncas son el pago proporcional de las vacaciones cuando termina tu relación laboral sin haber completado el año o sin haber tomado el descanso que ya generaste.
Fórmula:
Vacaciones truncas = (Remuneración ÷ 12) × Meses trabajados
Las vacaciones truncas aplican:
- Cuando renuncias antes de cumplir el año
- Cuando te despiden con meses pendientes de vacaciones
- Cuando termina tu contrato a plazo fijo
Indemnización vacacional (Triple vacacional)
La indemnización vacacional aplica cuando ya adquiriste el derecho completo a vacaciones (un año de trabajo) pero tu empleador no te las otorgó y venció el período.
Cuadro comparativo
| Aspecto | Vacaciones truncas | Indemnización vacacional |
|---|---|---|
| ¿Cuándo aplica? | Al cesar sin completar el período vacacional | Cuando las vacaciones vencen sin ser gozadas |
| Requisito de tiempo | Mínimo 1 mes trabajado | 2 años (1 para generar + 1 para vencer) |
| Monto | Proporcional a meses trabajados | 3 remuneraciones (2 adicionales) |
| ¿Es sanción al empleador? | No | Sí |
| Base legal | Art. 22 D.L. 713 | Art. 23 D.L. 713 |
Ejemplo para entender la diferencia:
- Si trabajaste 8 meses y renuncias → Recibes vacaciones truncas (8/12 de tu sueldo)
- Si trabajaste 2 años sin vacaciones y renuncias → Recibes triple vacacional del primer año + vacaciones truncas del segundo
¿Cómo reclamar vacaciones no gozadas?
Si tu empleador no te paga la indemnización vacacional que te corresponde, tienes varias opciones para reclamar.
Paso 1: Solicitud escrita al empleador
Antes de cualquier acción legal, envía una carta formal a tu empleador solicitando:
- El pago de las vacaciones no gozadas
- La indemnización correspondiente
- Un detalle de los cálculos
Guarda una copia sellada o envíala por correo certificado para tener prueba de tu reclamo.
Paso 2: Denuncia ante SUNAFIL
Si el empleador no responde o se niega a pagar, puedes presentar una denuncia ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL):
| Canal | Detalle |
|---|---|
| Presencial | Oficinas de SUNAFIL en todo el país |
| Virtual | www.gob.pe/sunafil |
| Teléfono | Central telefónica: 0800-16872 |
SUNAFIL puede ordenar una inspección laboral y multar a la empresa si comprueba la infracción.
Paso 3: Demanda laboral
Si SUNAFIL no resuelve tu caso o prefieres ir directamente a juicio, puedes presentar una demanda laboral ante el Poder Judicial.
Para esto necesitarás:
- Boletas de pago
- Contrato de trabajo
- Cualquier comunicación sobre vacaciones
- Constancia de cese (si ya terminó la relación laboral)
💡 Tip: Consulta con un abogado laboralista o acude al consultorio jurídico gratuito del Ministerio de Trabajo (MTPE) para orientación.
¿Puedo reclamar mientras sigo trabajando?
Sí. No es necesario que termines tu relación laboral para reclamar vacaciones no gozadas. Puedes exigir a tu empleador que te programe el descanso o que te pague la indemnización correspondiente.
Sin embargo, muchos trabajadores prefieren reclamar después de cesar para evitar conflictos laborales. Es una decisión personal.
Prescripción de vacaciones: plazos legales
Es fundamental que conozcas los plazos legales para reclamar, porque si dejas pasar mucho tiempo, podrías perder tu derecho.
Plazo de prescripción
Según la Ley 27321, los derechos laborales prescriben a los 4 años, contados desde el día siguiente al cese laboral.
| Concepto | Plazo |
|---|---|
| Prescripción de beneficios sociales | 4 años desde el cese |
| Inicio del cómputo | Día siguiente al último día de trabajo |
¿Qué significa esto en la práctica?
Ejemplo: Si cesaste el 15 de enero de 2026, tienes hasta el 15 de enero de 2030 para reclamar vacaciones no gozadas de cualquier período durante tu relación laboral.
¿Y si sigo trabajando?
Mientras la relación laboral esté vigente, no corre el plazo de prescripción. Podrías reclamar vacaciones de hace 5, 10 o más años si nunca te las pagaron y sigues trabajando en la misma empresa.
Diferencia entre prescripción y caducidad
| Concepto | Vacaciones/Indemnización | Impugnación de despido |
|---|---|---|
| Tipo de plazo | Prescripción | Caducidad |
| Duración | 4 años | 30 días hábiles |
| ¿Se puede interrumpir? | Sí, con reclamo formal | No |
⚠️ Atención: Si quieres impugnar un despido arbitrario, solo tienes 30 días hábiles (plazo de caducidad). No confundas esto con el plazo para reclamar beneficios económicos.
Preguntas frecuentes
¿Qué significa triple vacacional en Perú?
El triple vacacional es la compensación total que recibes cuando tu empleador no te permitió tomar vacaciones y el período venció. Se compone de tres partes: una remuneración por el descanso que no gozaste, otra por el trabajo que realizaste en esos días, y una tercera como indemnización por el incumplimiento. En la práctica, recibirás 2 remuneraciones adicionales porque el sueldo mensual ya lo cobraste mientras trabajabas.
¿Después de cuánto tiempo prescriben mis vacaciones?
Tienes 4 años desde el día siguiente a tu cese laboral para reclamar el pago de vacaciones no gozadas y la indemnización correspondiente, según la Ley 27321. Si sigues trabajando, el plazo no comienza a correr. Es importante actuar dentro de este período para no perder tu derecho.
¿La indemnización vacacional está afecta a AFP?
No completamente. De los tres componentes del triple vacacional:
- El componente de descanso adquirido → Afecto a AFP/ONP
- El componente de trabajo realizado → Afecto a AFP/ONP (ya descontado mes a mes)
- La indemnización → NO afecta a AFP/ONP por ser de carácter indemnizatorio
¿Puedo demandar a mi empresa por vacaciones no pagadas?
Sí. Tienes todo el derecho de presentar una demanda laboral ante el Poder Judicial para reclamar vacaciones no gozadas y la indemnización. Antes de ir a juicio, puedes intentar una solución a través de SUNAFIL o una conciliación. Si decides demandar, necesitarás pruebas documentales como boletas de pago, contrato de trabajo y cualquier comunicación relacionada.
¿Cómo se calcula el triple vacacional?
El cálculo es: Remuneración × 3. Por ejemplo, si ganas S/ 3,000 mensuales:
- Componente 1 (descanso): S/ 3,000
- Componente 2 (trabajo): S/ 3,000
- Componente 3 (indemnización): S/ 3,000
- Total: S/ 9,000
Sin embargo, el componente 2 ya lo cobraste como sueldo, así que el monto adicional que recibirás es de S/ 6,000 (2 remuneraciones).
Indemnización por vacaciones no tomadas
Las vacaciones no son un lujo ni un favor de tu empleador. Son un derecho constitucional que protege tu salud física y mental. Si tu empresa no te permite tomarlas, la ley te respalda con la indemnización vacacional.
Recuerda estos puntos clave:
- ✅ Tienes derecho a 30 días de vacaciones por cada año trabajado (15 en régimen MYPE)
- ✅ Si no te las dan y vence el período, aplica el triple vacacional
- ✅ Puedes reclamar hasta 4 años después de cesar
- ✅ La indemnización no está afecta a AFP/ONP
- ✅ SUNAFIL puede ayudarte a reclamar sin necesidad de abogado
No dejes pasar este beneficio. Si crees que tienes vacaciones pendientes, calcula cuánto podrías recibir y toma acción.
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👉 Si vas a cesar, calcula tu Liquidación Laboral completa incluyendo CTS, gratificación y vacaciones.
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Nota Legal: Este artículo es informativo. Los montos son referenciales y pueden variar según tu caso específico. Para consultas oficiales, verifica con tu empleador o el Ministerio de Trabajo.
Última actualización: Enero 2026
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