Si llegaste aquí buscando “aguinaldo en Perú”, probablemente te estarás preguntando cuánto te toca recibir en Navidad o Fiestas Patrias. La realidad es que en Perú no existe el aguinaldo para el sector privado.
Lo que sí existe —y es mucho más beneficioso— es la gratificación. En este artículo te explicamos la diferencia, por qué existe esta confusión tan común, y sobre todo, cuánto dinero te corresponde realmente.
¿Existe el aguinaldo en Perú?
Para el sector privado: No. El concepto de “aguinaldo” como tal no existe en la legislación laboral peruana para trabajadores de empresas privadas.
Para el sector público: Sí. Los trabajadores del Estado sí reciben un aguinaldo, aunque con un monto fijo establecido por Decreto de Urgencia cada año.
Esta distinción es la principal fuente de confusión. Muchos trabajadores buscan “aguinaldo navidad Perú” esperando encontrar información sobre su pago de diciembre, cuando en realidad lo que les corresponde es la gratificación.
¿Por qué la gente busca “aguinaldo” en Google?
Hay varias razones por las que este término es tan popular en las búsquedas:
- Influencia de otros países: En México, Argentina y otros países latinoamericanos, el “aguinaldo” es el término oficial para el pago extra de fin de año
- Uso coloquial: Algunas personas mayores en Perú aún usan “aguinaldo” de forma coloquial
- Confusión con el sector público: Las noticias sobre el “aguinaldo” de los trabajadores estatales generan búsquedas
- Tradición familiar: El término se transmite generacionalmente aunque no sea el correcto
Sea cual sea la razón por la que llegaste aquí, lo importante es que ahora sepas qué beneficio te corresponde realmente.
Aguinaldo vs Gratificación: La diferencia clave
Entender esta diferencia te ayudará a saber exactamente qué esperar y exigir a tu empleador.
| Característica | Aguinaldo (Sector Público) | Gratificación (Sector Privado) |
|---|---|---|
| Base legal | Decreto de Urgencia anual | Ley 27735 y D.S. 005-2002-TR |
| Monto | Fijo (S/ 300 por festividad) | 1 sueldo + 9% bonificación |
| Frecuencia | 2 veces al año | 2 veces al año |
| Fechas | Julio y Diciembre | 15 de julio y 15 de diciembre |
| ¿Proporcional? | No | Sí, según meses trabajados |
| Beneficiarios | Trabajadores del Estado | Trabajadores en planilla privada |
Ejemplo comparativo
Veamos cuánto recibiría cada tipo de trabajador con un sueldo de referencia de S/ 2,500:
Trabajador público (aguinaldo):
- Monto fijo: S/ 300
Trabajador privado (gratificación):
- Sueldo base: S/ 2,500
- Bonificación 9%: S/ 225
- Total: S/ 2,725
Como puedes ver, la gratificación del sector privado es significativamente más beneficiosa que el aguinaldo del sector público. Así que si eres trabajador privado, no te preocupes por no recibir “aguinaldo”: lo que recibes es mejor.
El aguinaldo en el sector público
Si trabajas para el Estado peruano, el aguinaldo sí es un beneficio que te corresponde. Aquí te explicamos cómo funciona.
¿Quiénes reciben aguinaldo?
El aguinaldo aplica para:
- Funcionarios y servidores nombrados del sector público
- Trabajadores contratados bajo el régimen CAS
- Personal de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional
- Pensionistas del sector público
- Docentes del sector público
¿Cuánto es el aguinaldo 2026?
El monto del aguinaldo se establece cada año mediante Ley de Presupuesto o Decreto de Urgencia. Históricamente, los montos han sido:
| Año | Monto Fiestas Patrias | Monto Navidad |
|---|---|---|
| 2023 | S/ 300 | S/ 300 |
| 2024 | S/ 300 | S/ 300 |
| 2025 | S/ 300 | S/ 300 |
| 2026 | S/ 300 (estimado) | S/ 300 (estimado) |
Nota: El monto de S/ 300 para 2026 está pendiente de confirmación oficial mediante el Decreto de Urgencia correspondiente.
Fechas de pago del aguinaldo
- Fiestas Patrias: Primera quincena de julio
- Navidad: Primera quincena de diciembre
Requisitos para recibir aguinaldo
A diferencia de la gratificación privada, el aguinaldo tiene requisitos específicos:
- Estar laborando al primer día del mes de pago (julio o diciembre)
- Tener vínculo laboral vigente con el Estado
- No estar con licencia sin goce de haberes
La gratificación en el sector privado: Lo que SÍ te corresponde
Si eres trabajador del sector privado (la mayoría de trabajadores en Perú), tu beneficio es la gratificación, regulada por la Ley 27735.
¿Cuánto es la gratificación?
La gratificación equivale a:
- 1 remuneración mensual completa
- + Bonificación extraordinaria del 9% (o 6.75% si tienes EPS)
¿Qué conceptos incluye la remuneración para gratificación?
Se consideran:
- ✅ Sueldo básico
- ✅ Asignación familiar (S/ 102.50 en 2026)
- ✅ Comisiones regulares
- ✅ Horas extras regulares
- ✅ Otros conceptos remunerativos permanentes
No se consideran:
- ❌ Gratificaciones extraordinarias
- ❌ Bonificaciones por productividad esporádicas
- ❌ Utilidades
- ❌ Movilidad supeditada a asistencia
¿La gratificación tiene descuentos?
¡No! Esta es una de las mejores características de la gratificación:
- ❌ Sin descuento AFP
- ❌ Sin descuento ONP
- ❌ Sin descuento EsSalud
- ⚠️ Sí forma parte del cálculo del Impuesto a la Renta (5ta categoría) si superas las 7 UIT anuales
El monto que calculas es prácticamente el monto neto que recibirás.
¿Cuándo se paga la gratificación?
| Gratificación | Período que cubre | Fecha límite de pago |
|---|---|---|
| Fiestas Patrias | Enero - Junio | 15 de julio |
| Navidad | Julio - Diciembre | 15 de diciembre |
Si el 15 cae en día no laborable, el pago debe realizarse el día hábil inmediato anterior.
Requisitos para recibir gratificación
Para tener derecho a gratificación debes cumplir:
- Trabajar en planilla (régimen laboral privado)
- Trabajar 4 horas diarias o más (jornada mínima)
- Haber laborado al menos 1 mes en el semestre correspondiente
Importante: Si trabajas en régimen MYPE (micro o pequeña empresa), tu gratificación puede ser proporcional. Consulta nuestra guía del régimen MYPE.
Cálculo de tu gratificación: Fórmula y ejemplos
Ahora sí, lo más importante: ¿cuánto dinero vas a recibir?
Fórmula de la gratificación completa
Gratificación = Remuneración × (Meses trabajados ÷ 6) × 1.09
Donde:
- Remuneración: Tu sueldo bruto mensual
- Meses trabajados: Meses completos en el semestre (1-6)
- 1.09: Factor que incluye la bonificación del 9%
Ejemplo 1: Semestre completo
Datos:
- Sueldo: S/ 3,000
- Meses trabajados: 6 (semestre completo)
Cálculo:
| Concepto | Monto |
|---|---|
| Sueldo base | S/ 3,000.00 |
| Bonificación 9% | S/ 270.00 |
| Total a recibir | S/ 3,270.00 |
Ejemplo 2: Ingreso a mitad de semestre
Datos:
- Sueldo: S/ 2,500
- Fecha de ingreso: 1 de octubre
- Meses trabajados: 3 (octubre, noviembre, diciembre)
Cálculo:
| Concepto | Cálculo | Monto |
|---|---|---|
| Gratificación base | S/ 2,500 × (3/6) | S/ 1,250.00 |
| Bonificación 9% | S/ 1,250 × 9% | S/ 112.50 |
| Total a recibir | S/ 1,362.50 |
Ejemplo 3: Con asignación familiar
Datos:
- Sueldo básico: S/ 1,800
- Asignación familiar: S/ 102.50
- Meses trabajados: 6
Cálculo:
| Concepto | Monto |
|---|---|
| Remuneración computable | S/ 1,902.50 |
| Bonificación 9% | S/ 171.23 |
| Total a recibir | S/ 2,073.73 |
¿Tienes EPS?
Si tu empleador te brinda un seguro EPS en lugar de EsSalud, la bonificación es del 6.75% en lugar del 9%.
Ejemplo con EPS:
| Concepto | Monto |
|---|---|
| Sueldo | S/ 3,000.00 |
| Bonificación 6.75% | S/ 202.50 |
| Total a recibir | S/ 3,202.50 |
¿Qué pasa si renuncio o me despiden?
Si tu relación laboral termina antes de la fecha de pago de la gratificación, tienes derecho a la gratificación trunca.
La gratificación trunca se calcula proporcionalmente a los meses y días trabajados en el semestre hasta tu fecha de cese.
Ejemplo de gratificación trunca:
- Sueldo: S/ 2,000
- Fecha de cese: 15 de octubre
- Meses trabajados: 3 meses y 15 días (julio, agosto, septiembre + 15 días octubre)
El cálculo incluye:
- Proporcional de los 3 meses completos
- Proporcional de los 15 días de octubre
👉 Conoce más detalles en nuestra guía sobre gratificación trunca.
Preguntas frecuentes sobre aguinaldo y gratificación
¿Puedo exigir “aguinaldo” a mi empleador privado?
No existe obligación legal de pagar “aguinaldo” en el sector privado. Sin embargo, sí puedes exigir tu gratificación, que es el beneficio legalmente establecido.
¿El trabajador CAS recibe gratificación o aguinaldo?
Los trabajadores CAS del sector público reciben aguinaldo (S/ 300). No reciben gratificación completa como en el sector privado.
¿Los practicantes reciben aguinaldo o gratificación?
Los practicantes no tienen vínculo laboral, por lo que no reciben ninguno de los dos. Sin embargo, según la Ley 28518, tienen derecho a una subvención adicional equivalente a media subvención económica cada semestre.
¿Qué hago si mi empleador no me paga la gratificación?
Si tu empleador no te paga la gratificación en la fecha correspondiente, puedes:
- Reclamar formalmente por escrito a tu empleador
- Denunciar en SUNAFIL si no hay respuesta
- Iniciar un proceso judicial para el cobro
👉 Aprende cómo denunciar en SUNAFIL paso a paso.
¿La gratificación se deposita junto con el sueldo?
No necesariamente. La gratificación debe pagarse como máximo el 15 de julio o 15 de diciembre. Puede depositarse por separado o junto con el sueldo de ese mes, pero siempre identificada como concepto independiente.
Diferencias entre aguinaldo y gratificación en Perú
| Si trabajas en… | Tu beneficio es… | Monto aproximado |
|---|---|---|
| Sector privado | Gratificación | 1 sueldo + 9% |
| Sector público | Aguinaldo | S/ 300 fijos |
| Régimen CAS | Aguinaldo | S/ 300 fijos |
| Practicante | Subvención adicional | Media subvención |
Puntos clave:
- ✅ En Perú, el “aguinaldo” solo existe para el sector público
- ✅ Si eres trabajador privado, tu beneficio es la gratificación
- ✅ La gratificación es más favorable: equivale a un sueldo completo
- ✅ No tiene descuentos de AFP ni ONP
- ✅ Se paga el 15 de julio y 15 de diciembre
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Artículos relacionados:
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Última actualización: Enero 2026
Disclaimer: La información contenida en este artículo es de carácter referencial y no constituye asesoría legal ni financiera. Los montos del aguinaldo público están sujetos a confirmación mediante Decreto de Urgencia. Para casos específicos, se recomienda consultar con un especialista.
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