Ruta rápida: Esta guía está enfocada en reintegros, consulta y devolución de aportes FONAVI. Si quieres comparar sistemas previsionales, revisa nuestra guía sobre jubilación ONP o la comparativa de AFP.
¿Aportaste al Fondo Nacional de Vivienda durante los años 80 o 90 y nunca recibiste tu dinero? Si trabajaste formalmente en Perú entre 1979 y 1998, es muy probable que tengas derecho a cobrar tus aportes de vuelta. El Estado peruano está devolviendo progresivamente más de S/ 5,000 millones recaudados del extinto FONAVI, y tú podrías ser uno de los beneficiarios.
Muchos trabajadores peruanos desconocen que tienen dinero pendiente de cobro. Otros no saben cómo consultar su estado o qué documentos necesitan. Peor aún, algunos fonavistas fallecieron sin cobrar, y sus herederos tampoco conocen este derecho. Según datos de la Secretaría Técnica del FONAVI, solo en el quinto grupo de pago se identificaron más de 66,000 beneficiarios, y aún quedan miles por incorporar en los próximos grupos.
En esta guía completa te explicamos todo sobre el FONAVI: qué es, cómo consultar si eres beneficiario con tu DNI, cuáles son los grupos de pago, cómo solicitar la devolución de aportes y qué hacer si eres heredero. Incluimos ejemplos prácticos con montos, la fórmula de cálculo y los errores más comunes que debes evitar. Al final, tendrás toda la información necesaria para reclamar lo que legalmente te corresponde.
Resumen en 30 segundos: El FONAVI fue un fondo de vivienda activo de 1979 a 1998. El Estado está devolviendo los aportes de los trabajadores en grupos de pago por edad. Consulta gratuitamente en fonavi-st.gob.pe con tu DNI. El cobro es en el Banco de la Nación.
| Dato clave | Detalle 2026 |
|---|---|
| ¿Qué es? | Fondo Nacional de Vivienda (1979-1998) |
| ¿Se puede cobrar? | Sí, en grupos de pago progresivos |
| Consulta | Gratis con DNI en fonavi-st.gob.pe |
| Cobro | Banco de la Nación con DNI vigente |
| Ley vigente | Ley 29625 (devolución) + Ley 31928 (herederos) |
| Próximo grupo | Reintegro 6 (agosto 2026 estimado) |
¿Qué es el FONAVI y por qué te deben dinero?
Antes de explicarte cómo cobrar, es importante entender de dónde viene este dinero y por qué el Estado peruano tiene la obligación de devolvértelo. El FONAVI no es un beneficio social ni una limosna del gobierno: son tus aportes que fueron retenidos de tu sueldo durante años.
Historia breve: del aporte obligatorio al reintegro
El Fondo Nacional de Vivienda (FONAVI) fue creado el 30 de junio de 1979 mediante el Decreto Ley 22591. Su objetivo era financiar la construcción de viviendas para trabajadores peruanos de escasos recursos, especialmente aquellos que no podían acceder a créditos hipotecarios convencionales.
La idea era simple: el Estado recaudaría un porcentaje del sueldo de cada trabajador formal, administraría esos fondos a través del Banco de la Vivienda (BANVIP), y con ese dinero construiría viviendas populares que luego se entregarían a los aportantes.
¿Cuánto se descontaba exactamente?
Durante los 19 años de vigencia del FONAVI (1979-1998), las tasas de aporte variaron según el gobierno de turno:
| Norma legal | Vigencia | Aporte empleador | Aporte trabajador | Total |
|---|---|---|---|---|
| D.L. 22591 y D.L. 22845 | Jul. 1979 - Oct. 1988 | 4% | 0.5% | 4.5% |
| D. Leg. 497 | Nov. 1988 - Feb. 1992 | 5% | 1% | 6% |
| D.S.E. N° 8-PCM/92 | Mar. 1992 - Dic. 1992 | 8% | 1% | 9% |
| D.L. 25981 | Ene. 1993 - Oct. 1993 | 0% | 9% | 9% |
| Ley 26233 | Nov. 1993 - Jul. 1995 | 6% | 3% | 9% |
| Ley 26504 | Ago. 1995 - Dic. 1996 | 9% | 0% | 9% |
| D. Leg. 870 | Ene. 1997 - Jul. 1997 | 7% | 0% | 7% |
| Leyes 26851 y 26969 | Ago. 1997 - Ago. 1998 | 5% | 0% | 5% |
La base imponible era la remuneración bruta mensual del trabajador. Si ganabas S/ 1,000 brutos en 1995, tu empleador te descontaba aproximadamente S/ 90 mensuales para el FONAVI, y a eso se sumaba el 4% del empleador (S/ 40 adicionales).
Ejemplo práctico: Un trabajador que ganó S/ 500 promedio durante 15 años de aportación habría descontado aproximadamente S/ 8,100 de su sueldo solo en aportes personales. Sumando el aporte del empleador, el total supera los S/ 11,500.
El fracaso del BANVIP
Los fondos recaudados fueron administrados por el Banco de la Vivienda (BANVIP), una entidad estatal que debía invertir el dinero en la construcción de viviendas. Sin embargo, la gestión fue deficiente:
- Se construyeron muy pocas viviendas en relación con la cantidad de aportantes
- El BANVIP acumuló pérdidas millonarias por mala administración
- En 1998, el banco fue intervenido y posteriormente liquidado
- No se cumplió el objetivo de entregar viviendas a la mayoría de los aportantes
La mayoría de trabajadores que aportaron al FONAVI no recibió una vivienda. Sus aportes no fueron devueltos oportunamente.
La esperanza: más de 20 años de reivindicación
En 1998, el FONAVI fue desactivado mediante la Ley 26969, que suspendió la captación de aportes. Sin embargo, el dinero recaudado —aproximadamente S/ 5,000 millones— nunca fue devuelto a los trabajadores.
Durante más de dos décadas, millones de exfonavistas esperaron una solución. Hubo múltiples proyectos de ley, protestas y promesas incumplidas. Finalmente, en 2023 se aprobó la Ley 29625, que establece el mecanismo para la devolución progresiva de estos aportes.
La ley fue reglamentada mediante el D.S. 006-2012-EF y crea una Comisión Ad Hoc encargada de determinar los grupos de pago, los montos y los cronogramas.
Dato importante: El Tribunal Constitucional del Perú ha declarado que los aportes al FONAVI no son tributos, sino recursos de carácter privado. Esto significa que el Estado no puede quedarse con ese dinero: tiene la obligación legal de devolverlo. Solo se devuelven los aportes del trabajador (no los del empleador), con interés legal simple.
¿Quiénes son beneficiarios del FONAVI?
Son beneficiarios todas las personas que realizaron aportes al FONAVI durante el periodo 1979-1998. Esto incluye:
- Trabajadores dependientes con contrato laboral formal
- Servidores públicos que realizaron aportes
- Herederos de fonavistas fallecidos
Para ser beneficiario, no necesitas haber recibido nunca una vivienda del FONAVI. De hecho, la gran mayoría de aportantes nunca recibió vivienda, y precisamente por eso se creó el mecanismo de devolución.
El requisito fundamental es que tus aportes hayan sido acreditados en los registros del FONAVI. Si trabajaste formalmente durante ese periodo, es muy probable que tus aportes estén registrados.
¿Cómo saber si eres beneficiario? La forma más rápida es consultar el padrón nacional con tu DNI. Te explicamos cómo hacerlo más adelante en esta guía.
Reintegros FONAVI: los 5 grupos de pago
La devolución de aportes FONAVI no se realiza de forma simultánea para todos los beneficiarios. El Estado ha establecido un sistema de grupos de pago que prioriza a los adultos mayores y personas en situación de mayor vulnerabilidad.
Cada grupo tiene requisitos de edad mínima, y conforme avanza el proceso, se van incluyendo fonavistas más jóvenes. Actualmente se han aprobado cinco grupos de pago, y se estima que habrá al menos dos más.
Reintegro 1 y 2 (ya pagados)
Los dos primeros grupos de pago fueron los más reducidos en número pero cubrieron a los fonavistas de mayor edad:
- Grupo 1: Fonavistas de 80 años o más. Se pagó durante 2024. Aproximadamente S/ 139 millones distribuidos.
- Grupo 2: Fonavistas de 75 años o más. Se pagó en agosto de 2024. Aproximadamente S/ 519 millones distribuidos.
Estos grupos ya están completamente pagados. Si tu abuelo o padre era fonavista y falleció, es posible que sus herederos ya hayan cobrado en estos grupos.
Reintegro 3 (pagado en 2025)
El tercer grupo amplió el universo de beneficiarios:
- Edad mínima: 70 años o más
- Monto aproximado: S/ 631 millones
- Beneficiarios: 189,826 fonavistas
- Estado: ✅ Pagado (desde abril 2025)
Los fonavistas de este grupo ya recibieron sus reintegros. Si no cobraste y tenías derecho, puedes verificar tu estado en el portal de la Secretaría Técnica.
Reintegro 4 (vigente 2025-2026)
El cuarto grupo continuó ampliando el universo de beneficiarios:
- Edad mínima: 68 años o más
- Monto aproximado: S/ 255 millones
- Estado: ✅ Pagado
Este grupo incluyó a fonavistas que cumplían 68 años hasta la fecha de corte establecida. El pago se realizó durante agosto 2025.
Reintegro 5 (pagado mayo 2026)
El quinto grupo es el más reciente y abarca una cantidad significativa de beneficiarios:
- Edad mínima: 67 años o más (o herederos de fonavistas que tendrían 88+ años)
- Número de beneficiarios: 66,644 fonavistas titulares
- Monto total: Aproximadamente S/ 222 millones
- Rango de montos individuales: Desde S/ 40 hasta S/ 6,680
- Estado: ✅ Pagado (desde mayo 2026)
Los criterios para integrar este grupo incluyen:
- Haber cumplido 67 años o más al 31 de mayo de 2026
- Ser herederos de fonavistas fallecidos que tendrían 88 años o más
- Figurar en el Registro Nacional de Personas con Discapacidad (CONADIS)
- Recibir pensión por invalidez de la ONP
- Acreditar enfermedad grave o terminal
¿Ya cobraste tu Reintegro 5? Si apareces en el padrón de este grupo y aún no cobras, acércate al Banco de la Nación con tu DNI vigente. No hay fecha límite para el cobro.
Reintegro 6 y Lista 23 (próximos pagos)
El proceso de devolución continuará con nuevos grupos de pago durante 2026 y los próximos años:
| Próximo pago | Fecha estimada | Requisito |
|---|---|---|
| Reintegro 6 | Agosto 2026 | Fonavistas 66+ años (estimado) |
| Lista 23 | Diciembre 2026 | Según cronograma de la Comisión Ad Hoc |
El proceso completo de devolución se extiende hasta aproximadamente 2034, cubriendo progresivamente a todos los beneficiarios del padrón nacional.
Importante: Los cobros de reintegro FONAVI no prescriben. Según la Ley 29625, no hay fecha de vencimiento para reclamar tu dinero. Si estás en el padrón, eventualmente te tocará cobrar.
Cómo consultar si eres beneficiario FONAVI
La consulta es completamente gratuita y puedes hacerla de tres maneras: por internet, por teléfono o presencialmente. Te recomendamos empezar por la consulta online, que es la más rápida.
Consulta con DNI en la web de la Secretaría Técnica
El portal para consultar tu estado es el SIFONAVI (Sistema de Información del FONAVI). Existen dos módulos de consulta:
Módulo 1: Consulta de Grupo de Pago
Este módulo te indica si estás en el padrón de beneficiarios del grupo de pago activo:
- Ingresa a www.fonavi-st.gob.pe/sifonavic2/
- Selecciona el tipo de documento (DNI es lo más común)
- Ingresa tu número de DNI
- Completa el código de verificación
- Haz clic en “Consultar”
El sistema te indicará si apareces en el padrón de beneficiarios y en qué grupo de pago te encuentras. Si eres beneficiario, podrás ver el estado de tu reintegro.
Módulo 2: Consulta de Estado de Registro
Este módulo te permite verificar si tus aportes están debidamente acreditados:
- Ingresa a www.fonavi-st.gob.pe/sifonavic1/
- Ingresa tu número de DNI y año de nacimiento
- Haz clic en “Consultar”
Si tus aportes aparecen registrados, significa que estás en el sistema. Si no apareces, puede ser que tus aportes no hayan sido correctamente reportados por tu empleador.
Módulo 3: Consulta de Herederos
Si el fonavista titular falleció, sus herederos pueden consultar en un módulo especial:
- Ingresa a www.fonavi-st.gob.pe/sifonavic4/
- Ingresa los datos del fonavista titular fallecido (DNI)
- Verifica si el titular aparece en el padrón
Tip: Si el portal no carga o presenta errores, intenta en horarios de menor demanda (tarde o noche). Durante los primeros días después de la apertura de un nuevo grupo, el sistema puede estar sobrecargado.
Consulta por teléfono
Si prefieres no usar internet, puedes llamar a la línea telefónica gratuita del FONAVI:
- Teléfono: (01) 640-8655 (Plataforma Única de Atención Virtual)
- Horario: Lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 6:00 p.m.
- Costo: Gratuito
Solo necesitas proporcionar tu número de DNI al operador, y te indicarán si estás en el padrón de beneficiarios.
Consulta presencial
También puedes acudir personalmente a las oficinas de la Secretaría Técnica del FONAVI:
- Dirección: Av. Salaverry 675, Jesús María, Lima
- Horario: Lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.
Lleva tu DNI original y, si es posible, cualquier documento que acredite tus aportes al FONAVI (boletas de pago, certificados de trabajo, etc.).
Qué hacer si no apareces en la lista
Si consultaste y no apareces en el padrón de beneficiarios, no todo está perdido. Hay varias posibilidades:
-
Tus aportes pueden no estar registrados correctamente. Puede haber errores en la base de datos. En ese caso, puedes presentar una solicitud de verificación ante la Secretaría Técnica.
-
Puedes no haber alcanzado la edad mínima del grupo actual. Los grupos de pago se abren progresivamente. Si eres más joven, es probable que tu grupo aún no se haya abierto.
-
Puedes solicitar la verificación de tu historial laboral. A través del SIFONAVI, puedes registrar tu historial laboral para que la Secretaría Técnica verifique tus aportes.
-
Contacta a la Secretaría Técnica por correo electrónico: [email protected]
Consejo: Guarda cualquier documento que acredite tus aportes al FONAVI. Boletas de pago, certificados de trabajo, planillas, etc. Estos documentos pueden ser útiles para validar tu historial ante la Secretaría Técnica.
Devolución de aportes FONAVI
Además de los grupos de pago por edad, existe el mecanismo de devolución de aportes para fonavistas que pueden solicitar directamente la devolución de sus contribuciones. Este proceso es diferente al reintegro por grupo de pago.
¿Quién puede solicitar la devolución?
Pueden solicitar la devolución:
- Fonavistas vivos que acrediten sus aportes
- Herederos de fonavistas fallecidos
- Personas con discapacidad registradas en CONADIS
- Personas con enfermedades graves o terminales
El requisito fundamental es que los aportes hayan sido acreditados por la Secretaría Técnica del FONAVI.
Requisitos y documentos
Para iniciar el proceso de devolución, necesitas:
Documentos básicos:
- DNI vigente (original y copia)
- Declaración jurada de aportes (formato disponible en el portal)
- Historial laboral registrado en el SIFONAVI
Documentos adicionales (según caso):
- Boletas de pago originales o certificadas
- Certificados de trabajo
- Planillas electrónicas (PLAME)
- Cualquier documento que acredite la relación laboral
Para herederos (ver sección específica más adelante):
- Partida de defunción del titular
- Documentos que acrediten el parentesco
- Declaración jurada de heredero
Todo el trámite es gratuito. La Secretaría Técnica del FONAVI no cobra por ningún servicio relacionado con la devolución de aportes.
Monto mínimo y máximo
Los montos de la devolución varían según cada caso particular. No hay una cifra fija que se pague a todos los beneficiarios. Cada fonavista recibe un monto diferente según sus años de aporte, su salario promedio y los pagos que ya haya recibido.
- Monto mínimo para acceder: Aproximadamente S/ 40 en aportes acreditados
- Rango de montos individuales: Desde S/ 40 hasta más de S/ 6,680 (según datos del Reintegro 5)
- Monto máximo teórico: Puede superar los S/ 10,000 en casos de largos periodos de aportación
Fórmula de cálculo
El monto que recibes se calcula con la siguiente fórmula:
Monto a recibir = Aportes acreditados × TILE − pagos anteriores
Donde:
- Aportes acreditados: Suma de todos tus aportes al FONAVI más los intereses acumulados desde 1979
- TILE: Tasa de Interés Legal Efectiva, que se actualiza periódicamente según la normativa
- Pagos anteriores: Montos que ya hayas recibido en grupos de pago previos
Ejemplo práctico de cálculo
Supongamos que don Carlos trabajó formalmente durante 12 años (1983-1995) con un promedio de S/ 600 brutos mensuales. Su aporte fue del 9% durante los últimos años:
- Aportes acumulados estimados: S/ 2,500 (aproximadamente)
- Intereses acumulados (TILE): S/ 3,500 (aproximadamente)
- Total acreditado: S/ 6,000
- Pagos anteriores recibidos: S/ 0 (no cobró en grupos previos)
Monto estimado a recibir: S/ 6,000
Sin embargo, si don Carlos ya recibió S/ 1,200 en el Reintegro 3, el cálculo sería:
S/ 6,000 − S/ 1,200 = S/ 4,800 estimados
Nota: Este es un ejemplo estimado. El monto que recibirás se determina al momento del pago según los registros de la Secretaría Técnica del FONAVI. No existe una calculadora pública para estimar tu monto antes de ser notificado.
¿Quieres conocer otros beneficios laborales? Revisa también nuestra guía sobre gratificaciones y CTS para no perder ningún derecho.
FONAVI para herederos
Si el titular del FONAVI falleció sin haber cobrado sus reintegros, sus herederos tienen derecho a reclamar esos aportes. La Ley 31928 establece las reglas específicas para estos casos.
¿Qué hacer si el titular falleció?
El proceso para herederos sigue estos pasos:
- Verificar que el fonavista fallecido esté en el padrón de beneficiarios del grupo correspondiente
- Reunir los documentos necesarios según el parentesco
- Presentar la Declaración Jurada de Beneficiario de Fonavista Fallecido
- Acudir al Banco de la Nación con toda la documentación
Dato clave: Solo pueden cobrar los herederos si el fonavista fallecido aparece en el padrón de beneficiarios del grupo de pago correspondiente. Si no está en el padrón, no se puede iniciar el trámite.
Documentos para herederos
La documentación requerida varía según el parentesco con el fonavista fallecido:
Para todos los herederos (documentos comunes):
- DNI vigente del heredero
- Declaración Jurada de Beneficiario de Fonavista Fallecido (firmada con huella dactilar)
- Copia certificada de la partida de defunción del fonavista (con no más de 30 días de antigüedad)
Según parentesco:
| Parentesco | Documento adicional |
|---|---|
| Cónyuge | Partida o acta de matrimonio |
| Unión de hecho | Certificado de unión de hecho inscrito en SUNARP |
| Hijos | Partida de nacimiento del solicitante y de otros beneficiarios |
| Hijos con discapacidad | Certificación de CONADIS + partida de nacimiento |
| Padres | Partida de nacimiento del fonavista fallecido |
| Hermanos | Partida de nacimiento del solicitante y del fonavista |
Para montos superiores a 4 UIT (aprox. S/ 22,000):
- Sucesión intestada o testamento inscrito en SUNARP
- Resolución judicial correspondiente
- Constancia de consentimiento
Orden de prioridad de herederos
La Ley 31928 establece un orden de prioridad para el cobro:
- Cónyuge o unión de hecho (con inscripción en SUNARP)
- Hijos menores de edad o con discapacidad total permanente
- Hijos mayores de edad
- Padres del fonavista fallecido
- Hermanos del fonavista fallecido
- Sucesión intestada (cuando no hay herederos directos)
Importante: El primer heredero en la lista tiene prioridad. Si el cónyuge está vivo y presente, los hijos no pueden reclamar directamente. Sin embargo, si el cónyuge no se presenta, los hijos pueden iniciar el trámite.
Caso especial: montos superiores a 4 UIT
Cuando el monto a devolver supera las 4 UIT (aproximadamente S/ 22,000 en 2026), el trámite es más complejo. Se requiere:
- Sucesión intestada (declaración judicial de herederos) si no hay testamento
- Testamento inscrito en SUNARP si existe
- Resolución judicial que acredite la condición de heredero
Esto se debe a que montos superiores a 4 UIT requieren validación judicial para evitar fraudes y garantizar que el dinero llegue a los herederos legítimos.
¿Cómo obtener la sucesión intestada?
Si el fonavista falleció sin testamento y el monto supera 4 UIT, necesitas iniciar un proceso de sucesión intestada ante un juzgado:
- Presentar solicitud ante el juzgado civil correspondiente al último domicilio del fallecido
- Adjuntar documentos: Partida de defunción, documentos del fallecido, partidas de nacimiento de herederos
- Esperar la resolución judicial que declare a los herederos (puede tomar varios meses)
- Inscribir la resolución en SUNARP
- Presentar la resolución ante la Secretaría Técnica del FONAVI
Importante: Este proceso tiene costos judiciales y honorarios de abogado. Si el monto es pequeño, puede no ser conveniente iniciar la sucesión. Evalúa si el monto justifica los gastos del trámite.
Consejo: Si el monto es menor o igual a 4 UIT, el trámite es más ágil y no requiere intervención judicial. Si no estás seguro del monto, consulta primero en el portal de la Secretaría Técnica.
Plazos para herederos
La Ley 31928 no establece un plazo máximo para que los herederos reclamen sus derechos. Sin embargo, es recomendable:
- Verificar el padrón periódicamente para saber cuándo se abre tu grupo de pago
- Reunir los documentos con anticipación
- Presentar la solicitud tan pronto como el grupo esté habilitado
El proceso gradual de devolución se extiende hasta aproximadamente 2034, por lo que hay tiempo suficiente para preparar la documentación.
Diferencia entre FONAVI, AFP y ONP
Es común confundir el FONAVI con los sistemas previsionales actuales. Aquí te explicamos las diferencias clave:
| Concepto | FONAVI | AFP | ONP |
|---|---|---|---|
| ¿Qué es? | Fondo de vivienda | Sistema previsional | Sistema previsional |
| ¿Vigente? | NO (1979-1998) | SÍ | SÍ |
| ¿Se puede jubilar? | NO | SÍ | SÍ |
| ¿Acumula fondo? | NO | SÍ (cuenta individual) | NO (sistema de reparto) |
| ¿Se hereda? | Solo aportes pendientes | SÍ (saldo completo) | Pensiones de sobrevivencia |
| ¿Qué se cobra? | Reintegro de aportes | Pensión mensual | Pensión mensual |
Puntos clave:
- El FONAVI ya no existe como fondo activo. Los reintegros son la devolución de aportes pasados, no un beneficio continuo.
- La AFP y la ONP son sistemas previsionales vigentes para la jubilación.
- Los aportes al FONAVI son independientes de tus aportes a AFP u ONP.
- Cobrar tu FONAVI no afecta tu pensión futura de AFP o ONP.
- Si trabajaste entre 1979 y 1998, es probable que tengas aportes en ambos sistemas: FONAVI + AFP/ONP.
¿Y si tengo aportes en FONAVI y también en AFP?
Esta es una duda muy común. La respuesta es simple: son sistemas completamente independientes. Tus aportes al FONAVI no tienen nada que ver con tu cuenta de AFP o tu historial en la ONP.
Ejemplo: Si trabajaste de 1985 a 2005:
- De 1985 a 1998: aportaste al FONAVI (y también a AFP/ONP)
- De 1998 a 2005: solo aportaste a AFP/ONP (el FONAVI ya no existía)
- Hoy: puedes cobrar tu reintegro FONAVI Y también jubilarte por AFP o ONP
No hay conflicto ni deducción. Son derechos separados que puedes ejercer independientemente.
Si quieres entender mejor los sistemas previsionales, te recomendamos leer nuestra guía sobre jubilación anticipada AFP o la comparativa entre AFP y ONP.
Errores comunes al consultar FONAVI
Evita estos errores frecuentes que pueden dificultar tu consulta o cobro:
Error 1: Confundir FONAVI con AFP o CTS
Muchos trabajadores creen que el FONAVI es parte de su AFP o que está relacionado con la CTS. No es así. El FONAVI es un fondo independiente que solo existió entre 1979 y 1998.
Error 2: No consultar periódicamente
Los grupos de pago se abren cada varios meses. Si no consultas regularmente, podrías perderte la apertura de tu grupo. Consejo: Revisa el padrón al menos una vez cada 3 meses.
Error 3: Presentar documentos vencidos
La partida de defunción para herederos tiene un máximo de 30 días de antigüedad. Si tu documento es más antiguo, debes obtener una nueva partida certificada.
Error 4: Acudir al banco sin verificar el padrón
Se recomienda no acudir al Banco de la Nación a cobrar sin antes verificar que apareces en el padrón de beneficiarios. El banco no puede pagarte si no estás registrado.
Error 5: Creer que el dinero “se pierde”
Los reintegros FONAVI no prescriben. Si estás en el padrón, tu derecho al reintegro está respaldado por la Ley 29625. El proceso puede tardar, pero eventualmente te tocará cobrar.
Error 6: Pagar por consultas o trámites
Todos los trámites del FONAVI son gratuitos. Si alguien te pide dinero para consultarte el estado o gestionar tu cobro, es una estafa. La Secretaría Técnica no cobra por ningún servicio.
¿Necesitas ayuda con otros trámites laborales? Consulta nuestra guía sobre denunciar ante SUNAFIL si tienes problemas con tu empleador, o aprende sobre tus derechos laborales en general.
Nota Legal: Este artículo es informativo y orientativo. Los montos, fechas y requisitos son referenciales y pueden variar según la normativa vigente y las decisiones de la Comisión Ad Hoc de la Ley 29625. Para información actualizada, consulta el portal de la Secretaría Técnica del FONAVI: www.fonavi-st.gob.pe. Para cálculos específicos de tu caso, consulta directamente con la entidad.
Última actualización: 2 de julio de 2026
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Preguntas frecuentes
¿Cómo sé si tengo derecho a reintegro FONAVI?
¿Cuánto dinero puedo recibir del FONAVI?
¿Qué pasa si ya fallecí y soy fonavista, pueden cobrar mis herederos?
¿El FONAVI es lo mismo que una AFP o la ONP?
¿Los reintegros FONAVI tienen fecha de vencimiento para cobrar?
¿Dónde cobro mi reintegro FONAVI?
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