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Impuestos y Trámites

Cómo calcular el IGV en Perú: agregar y sacar el 18%

Aprende a agregar o sacar el IGV del 18% en Perú con fórmulas simples, ejemplos en soles y una tabla de referencia. Incluye calculadora gratuita.

SueldoJusto.pe 7 min de lectura
Cómo calcular el IGV en Perú: agregar y sacar el 18%

Tienes un precio sin impuesto y necesitas cobrar con IGV. O te pasan un total y quieres saber cuánto es neto. En ambos casos la cuenta es la misma: el IGV en Perú es del 18% y se maneja con dos operaciones básicas, multiplicar o dividir.

Esta guía te muestra las fórmulas, ejemplos con soles y los errores que más se repiten. Si prefieres no hacer la cuenta a mano, usa la calculadora de IGV y obtén subtotal, impuesto y total al instante.

Qué es el IGV y de dónde sale el 18%

El Impuesto General a las Ventas (IGV) grava la venta de bienes y la prestación de servicios en el país. Cuando ves un precio en vitrina o en una cotización, casi siempre el monto final incluye ese impuesto.

El 18% no es un número arbitrario. Según el marco tributario que publica SUNAT, se descompone así:

ComponenteTasa
IGV16%
IPM (Impuesto de Promoción Municipal)2%
Total18%

En el día a día no separas el IPM del IGV. Para facturar o revisar un comprobante, trabajas con el 18% completo. El IPM solo importa si necesitas entender la estructura legal del impuesto.

En una factura o boleta electrónica verás tres conceptos:

  • Subtotal (valor de venta): precio sin impuesto.
  • IGV: el 18% calculado sobre ese subtotal.
  • Total: lo que paga el cliente.

No todos los productos o servicios llevan IGV. Hay operaciones exoneradas o inafectas. Si tu caso es especial, conviene revisar la norma o consultar con un contador antes de emitir.

Agregar el 18% al subtotal

Usa esta fórmula cuando conoces el precio base y quieres saber cuánto cobrar al cliente.

Si solo necesitas el monto del impuesto:

IGV = Subtotal × 0.18

Si quieres el total de una vez:

Total = Subtotal × 1.18

Ejemplo: cotizas un servicio por S/ 250

ConceptoCálculoMonto estimado
SubtotalS/ 250.00
IGV (18%)250 × 0.18S/ 45.00
Total250 × 1.18S/ 295.00

El cliente pagaría aproximadamente S/ 295. Tú declararías S/ 45 como IGV en tu registro, sujeto a las reglas de tu régimen tributario.

Si manejas varios ítems, suma primero todos los subtotales y aplica el 18% sobre esa base. No calcules el IGV de cada producto por separado y luego redondees, a menos que tu sistema contable lo exija así.

Sacar el IGV de un monto total

Aquí la gente se confunde más. Si el precio ya trae IGV incluido, no multipliques por 0.18. Eso te daría un impuesto inflado.

Fórmula correcta:

Subtotal = Total ÷ 1.18
IGV = Total − Subtotal

Ejemplo: pagaste S/ 590 en una compra

ConceptoCálculoMonto estimado
Total pagadoS/ 590.00
Subtotal590 ÷ 1.18S/ 500.00
IGV590 − 500S/ 90.00

De esos S/ 590, unos S/ 500 serían valor de venta y S/ 90 impuesto. Si hubieras multiplicado 590 × 0.18, obtendrías S/ 106.20, y estarías contando mal.

Tabla rápida de referencia

Guarda estos valores como referencia. Son montos estimados con redondeo a dos decimales.

SubtotalIGV (18%)Total
S/ 50S/ 9.00S/ 59.00
S/ 100S/ 18.00S/ 118.00
S/ 200S/ 36.00S/ 236.00
S/ 500S/ 90.00S/ 590.00
S/ 1,000S/ 180.00S/ 1,180.00
S/ 2,500S/ 450.00S/ 2,950.00

Para cualquier otro monto, aplica las fórmulas de las secciones anteriores o usa la calculadora de IGV.

Errores comunes al calcular el IGV

Multiplicar por 0.18 cuando el total ya incluye impuesto. Es el error más frecuente. Si el precio es final, divide entre 1.18.

Confundir subtotal con total. Antes de calcular, pregúntate: ¿este monto lleva IGV o no? En una factura electrónica, el desglose suele estar claro. En una cotización informal, a veces no.

Olvidar el redondeo a dos decimales. El IGV se expresa en soles con centavos. Si divides 100 ÷ 1.18 obtienes 84.7457… Redondea a S/ 84.75 y calcula el IGV como diferencia: 100 − 84.75 = S/ 15.25.

Sumar el 18% dos veces. Si ya tienes un total con IGV, no le agregues otro 18%. Solo extrae el impuesto que ya está dentro.

Asumir que todo lleva IGV. Algunos servicios educativos, ciertos transportes y otras operaciones están exoneradas o inafectas. Verifica antes de facturar.

Quién suele necesitar calcular el IGV

Empleadores y negocios que emiten facturas o boletas electrónicas necesitan desglosar subtotal e IGV en cada comprobante.

Trabajadores independientes que facturan servicios gravados deben saber cuánto cobrar con impuesto. Si aún no estás inscrito en IGV o no sabes si te conviene, revisa la guía del trabajador independiente. Allí se explica cuándo aplica el IGV y cómo se diferencia del Impuesto a la Renta de cuarta categoría.

Compradores que quieren separar el impuesto de una compra para su contabilidad o para solicitar crédito fiscal.

Contadores y administrativos que revisan comprobantes antes de registrar gastos o ventas.

Si emites recibos por honorarios sin IGV, el cálculo relevante es otro: la retención del 8% de cuarta categoría. Para eso sirve la calculadora de 4ta categoría.

Usa la calculadora y evita errores de centavos

Hacer la cuenta a mano con montos redondos es sencillo. Con decimales, varios ítems o prisa, conviene automatizar.

La calculadora de IGV de SueldoJusto te permite:

  • Agregar el 18% a un subtotal.
  • Sacar el IGV de un total que ya lo incluye.
  • Ver el desglose de subtotal, IGV y total con redondeo a dos decimales.

Elige el modo según lo que tengas a la mano: si conoces el precio sin impuesto, usa “agregar”; si solo tienes el monto final, usa “sacar”.

Lleva el desglose correcto en cada comprobante

Calcular el IGV no requiere fórmulas complicadas: multiplica por 0.18 o 1.18 para agregar, divide entre 1.18 para extraer. La clave está en identificar si el monto que tienes es subtotal o total.

Si tu actividad exige facturar con IGV, mantén tus comprobantes ordenados y verifica periódicamente en SUNAT las reglas de tu régimen. Los umbrales de inscripción y las obligaciones cambian según tu tipo de contribuyente; no los asumas: confirma en el portal oficial o con un asesor tributario.

Nota Legal: Este artículo es informativo. Los montos son referenciales y pueden variar según la normativa vigente. Para cálculos oficiales, consulte con el área contable de su empresa.

Preguntas frecuentes

¿Cómo agregar el IGV a un subtotal?
Multiplica el subtotal por 0.18 para obtener el IGV, o multiplica el subtotal por 1.18 para obtener el total con impuesto incluido. Por ejemplo, S/ 100 × 1.18 = S/ 118.
¿Cómo sacar el IGV de un monto total?
Divide el total entre 1.18 para obtener el subtotal. Luego resta el subtotal al total para saber cuánto corresponde al IGV. Ejemplo: S/ 118 ÷ 1.18 = S/ 100 de subtotal; el IGV sería S/ 18.
¿De cuánto es el IGV en Perú?
La tasa vigente es del 18%. Según el marco de SUNAT, ese porcentaje se compone de 16% de IGV propiamente dicho y 2% de Impuesto de Promoción Municipal (IPM).
¿Qué es el IPM dentro del 18%?
El IPM (Impuesto de Promoción Municipal) representa 2 puntos del 18% total. No se calcula por separado en la mayoría de operaciones cotidianas: se aplica junto al IGV como un solo 18% sobre el valor de venta.
¿Cómo redondeo el IGV en soles?
En la práctica contable se trabaja con dos decimales. Si el resultado da más cifras, redondea al centavo más cercano. Pequeñas diferencias de centavos pueden aparecer al dividir; lo habitual es que el subtotal más el IGV coincidan con el total.
¿El 18% de IGV puede cambiar?
La tasa general del IGV está fijada en la ley y no cambia de un mes a otro. Cualquier modificación requeriría una norma nueva. Para confirmar la tasa vigente, revisa las orientaciones oficiales de SUNAT.
¿Los recibos por honorarios llevan IGV?
En general, los recibos por honorarios de cuarta categoría no incluyen IGV; allí aplica el Impuesto a la Renta con retención del 8% cuando corresponda. El IGV aparece en facturas y boletas de operaciones gravadas con este impuesto.

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Revisado por el equipo editorial de SueldoJusto.pe

Equipo editorial enfocado en normativa laboral y beneficios del trabajador peruano.

Contenido elaborado con base en la normativa laboral vigente y datos oficiales de SUNAT, SBS, SUNAFIL y el Ministerio de Trabajo. Publicado: . Este contenido no reemplaza la consulta con un abogado laboralista o contador colegiado.