¿Qué es la Liquidación de Beneficios Sociales?
Es el pago que el empleador debe realizar al trabajador cuando finaliza el vínculo laboral, independientemente del motivo (renuncia, despido, término de contrato). Este pago debe realizarse dentro de las 48 horas posteriores al cese.
¿Qué conceptos incluye?
- CTS Trunca: La CTS acumulada desde el último depósito (mayo o noviembre) hasta la fecha de cese.
- Vacaciones Truncas: Pago por los días de vacaciones generados que no llegaste a gozar.
- Gratificación Trunca: Parte proporcional de la gratificación (julio o diciembre) según los meses completos trabajados.
Indemnización por Despido Arbitrario
Si fuiste despedido sin causa justa, tienes derecho a una indemnización adicional. El monto equivale a 1.5 sueldos por cada año trabajado, con un tope máximo de 12 sueldos. Nuestra calculadora incluye esta opción si seleccionas "Despido arbitrario".
Nota: La liquidación está sujeta a descuentos de AFP/ONP y 5ta categoría (excepto la CTS y la indemnización).