Guía: Devolución de Impuestos SUNAT por Gastos Deducibles
Cada año, miles de trabajadores peruanos en planilla (5ta categoría) e independientes (4ta categoría) reciben un saldo a favor en su cuenta bancaria. Esto sucede gracias a la deducción adicional de 3 UIT (Unidades Impositivas Tributarias).
La regla de las 7 UIT + 3 UIT
El sistema tributario peruano funciona así:
- Deducción de 7 UIT (Fija): Todos los trabajadores formales tienen libres de impuestos las primeras 7 UIT que ganan (S/ 38,500 en 2026).
- Deducción de 3 UIT (Variable): Adicionalmente, el Estado te permite restar hasta 3 UIT más (S/ 16,500 en 2026) si "sustentas" ciertos gastos.
Como mes a mes tu empresa te descuenta impuestos asumiendo que solo tienes la deducción fija de 7 UIT, cuando llega fin de año y demuestras tus gastos de 3 UIT, resulta que pagaste impuestos de más. Es ahí cuando SUNAT te devuelve ese dinero extra.
Requisitos de oro para los comprobantes
- Debe ser Boleta de Venta Electrónica, Ticket POS o Recibo por Honorarios Electrónico. (No valen boletas físicas).
- Debe registrar de forma clara tu número de DNI. Tienes que indicarlo antes de que emitan la boleta.
- El establecimiento debe tener estado ACTIVO y condición HABIDO en SUNAT.
¿Cómo se realiza el pago de la devolución?
Existen dos modalidades principales para recuperar tu saldo a favor:
- Devolución de Oficio (Automática): Si tienes rentas exclusivas de 5ta categoría (solo estás en planilla) y registraste tu CCI (Código de Cuenta Interbancaria) en la web de SUNAT, el depósito se hace automáticamente entre abril y mayo sin hacer ningún trámite adicional.
- Devolución a Solicitud de Parte: Si emites recibos por honorarios (4ta categoría) o si el depósito automático no se efectuó, debes ingresar con tu Clave SOL, llenar el Formulario Virtual 709 y solicitar formalmente la devolución en la sección correspondiente.