Seguro Vida Ley Perú: La Protección que Tu Familia Merece
¿Sabías que tu empleador tiene la obligación de contratarte un seguro de vida? Muchos trabajadores peruanos desconocen este beneficio y, lo más importante, sus familias no saben cómo cobrarlo cuando más lo necesitan.
El Seguro Vida Ley en Perú es un derecho laboral que protege a tus seres queridos en caso de fallecimiento o invalidez. No te cuesta ni un sol de tu bolsillo, pero puede significar una ayuda económica crucial para tu familia.
En esta guía completa te explicamos todo sobre el Seguro Vida Ley: qué cubre, quién paga la prima, cómo designar beneficiarios y cuánto recibirían tus familiares. Al final, sabrás exactamente qué derechos tienes y cómo ejercerlos.
¿Qué es el Seguro Vida Ley?
El Seguro Vida Ley es un beneficio laboral obligatorio que el empleador debe contratar para sus trabajadores. Está regulado por el Decreto Legislativo N° 688 (Ley de Consolidación de Beneficios Sociales).
Este seguro tiene un objetivo claro: proteger económicamente a la familia del trabajador en caso de que este fallezca o quede inválido de forma permanente.
Características principales
| Característica | Detalle |
|---|---|
| Tipo de seguro | Seguro de vida grupal |
| Quién lo paga | El empleador (100%) |
| Cobertura | Muerte natural, muerte accidental e invalidez |
| Beneficiarios | Familiares directos del trabajador |
| Base legal | D.L. 688 y D.S. 003-2011-TR |
A diferencia de otros seguros que puedes contratar por tu cuenta, el Seguro Vida Ley es automático y forma parte de tus derechos como trabajador del sector privado.
¿Quién está Obligado a Tener Seguro Vida Ley?
La ley establece dos momentos importantes respecto a este beneficio:
Primeros 4 años: Facultativo
Durante los primeros 4 años de trabajo, el empleador puede (pero no está obligado) a contratarte el Seguro Vida Ley. Es lo que se conoce como período facultativo.
Sin embargo, muchas empresas responsables contratan el seguro desde el primer día. Si trabajas en una empresa grande o formal, probablemente ya lo tengas.
A partir del 4° año: Obligatorio
Una vez que cumples 4 años trabajando para el mismo empleador, el Seguro Vida Ley se vuelve obligatorio. Tu empleador debe contratarlo sí o sí.
Importante: El tiempo de servicios se cuenta de manera continua. Si renuncias y vuelves a la misma empresa, el conteo inicia desde cero.
¿Qué tipo de trabajadores están cubiertos?
El Seguro Vida Ley aplica para:
- ✅ Trabajadores en planilla (régimen privado)
- ✅ Empleados y obreros
- ✅ Trabajadores a plazo fijo e indefinido
- ✅ Trabajadores de empresas del régimen general y MYPE
No aplica para:
- ❌ Trabajadores del sector público (tienen su propio régimen)
- ❌ Locadores de servicios (recibo por honorarios)
- ❌ Practicantes preprofesionales
¿Qué Cubre el Seguro Vida Ley?
El Seguro Vida Ley en Perú cubre tres situaciones principales, cada una con un monto de indemnización diferente:
1. Fallecimiento por Muerte Natural
Si el trabajador fallece por causas naturales (enfermedad, vejez, etc.), los beneficiarios reciben una indemnización equivalente a 16 remuneraciones mensuales.
Ejemplo práctico:
Si tu sueldo mensual es de S/ 2,500, tus beneficiarios recibirían:
16 x S/ 2,500 = S/ 40,000
2. Fallecimiento por Accidente
Si el trabajador fallece como consecuencia de un accidente (laboral o no), la indemnización se duplica: 32 remuneraciones mensuales.
Ejemplo práctico:
Con el mismo sueldo de S/ 2,500:
32 x S/ 2,500 = S/ 80,000
3. Invalidez Total y Permanente por Accidente
Si el trabajador sufre un accidente que le cause invalidez total y permanente, recibe directamente 32 remuneraciones mensuales.
La invalidez debe ser:
- Total: Que no pueda realizar ningún tipo de trabajo
- Permanente: Que no tenga posibilidad de recuperación
- Por accidente: No cubre invalidez por enfermedad
Ejemplo práctico:
Con un sueldo de S/ 2,500:
32 x S/ 2,500 = S/ 80,000
Resumen de Coberturas
| Evento | Monto | Ejemplo (Sueldo S/ 2,500) |
|---|---|---|
| Muerte natural | 16 remuneraciones | S/ 40,000 |
| Muerte accidental | 32 remuneraciones | S/ 80,000 |
| Invalidez total y permanente | 32 remuneraciones | S/ 80,000 |
¿Cuánto Paga el Seguro por Fallecimiento?
Para calcular cuánto recibirían tus beneficiarios, necesitas conocer la remuneración computable que se utiliza como base.
¿Qué remuneración se considera?
Se toma como base la última remuneración mensual del trabajador al momento del fallecimiento o invalidez. Esta incluye:
- Sueldo básico
- Asignación familiar (si la percibe)
- Comisiones o destajo (promedio de últimos 6 meses)
- Alimentación principal (si es en dinero)
No se incluyen:
- Gratificaciones
- CTS
- Horas extras
- Bonificaciones extraordinarias
- Utilidades
Ejemplos de Cálculo por Nivel de Sueldo
| Sueldo Mensual | Muerte Natural (16x) | Muerte Accidental (32x) | Invalidez (32x) |
|---|---|---|---|
| S/ 1,500 (RMV) | S/ 24,000 | S/ 48,000 | S/ 48,000 |
| S/ 2,000 | S/ 32,000 | S/ 64,000 | S/ 64,000 |
| S/ 3,000 | S/ 48,000 | S/ 96,000 | S/ 96,000 |
| S/ 5,000 | S/ 80,000 | S/ 160,000 | S/ 160,000 |
| S/ 8,000 | S/ 128,000 | S/ 256,000 | S/ 256,000 |
Como puedes ver, mientras mayor sea tu sueldo, mayor será la indemnización para tus beneficiarios. Por eso es importante que tu empleador te tenga registrado con tu sueldo real en planilla.
¿Quiénes son los Beneficiarios del Seguro Vida Ley?
A diferencia de un seguro privado donde puedes elegir libremente a tus beneficiarios, el Seguro Vida Ley tiene beneficiarios establecidos por ley. No puedes cambiarlos ni designar a otras personas.
Orden de Beneficiarios
La ley establece un orden de prelación:
1. Primer orden: Cónyuge o Conviviente
Tu esposo/a o pareja conviviente reconocida tiene derecho al 50% de la indemnización.
2. Segundo orden: Hijos
Los hijos menores de 18 años, o mayores incapacitados, se reparten el otro 50% en partes iguales.
3. Tercer orden (a falta de los anteriores): Padres
Si el trabajador no tenía cónyuge ni hijos, la indemnización pasa a los padres.
4. Cuarto orden: Hermanos menores
Solo si no existen cónyuge, hijos ni padres, los hermanos menores de 18 años pueden cobrar el seguro.
Ejemplos de Distribución
Caso 1: Trabajador casado con 2 hijos menores
| Beneficiario | Porcentaje |
|---|---|
| Esposa | 50% |
| Hijo 1 | 25% |
| Hijo 2 | 25% |
Caso 2: Trabajador soltero sin hijos
| Beneficiario | Porcentaje |
|---|---|
| Padre | 50% |
| Madre | 50% |
Caso 3: Trabajador con conviviente y 1 hijo menor
| Beneficiario | Porcentaje |
|---|---|
| Conviviente | 50% |
| Hijo | 50% |
¿Qué pasa con los hijos mayores de edad?
Los hijos mayores de 18 años no son beneficiarios, a menos que estén declarados como incapacitados de forma permanente.
¿Y si no tengo ningún beneficiario legal?
Si el trabajador fallece sin cónyuge, hijos, padres ni hermanos menores, la indemnización no se paga a nadie. No forma parte de la herencia ni puede reclamarse por otros familiares.
¿Mi Empleador Descuenta el Seguro de Mi Sueldo?
¡No! Esta es una de las preguntas más frecuentes y la respuesta es clara: el Seguro Vida Ley es 100% pagado por el empleador.
La prima del seguro no puede descontarse del sueldo del trabajador bajo ninguna circunstancia. Si revisas tu boleta de pago y ves algún descuento por “seguro vida ley”, eso es ilegal.
¿Cuánto le cuesta al empleador?
La prima del Seguro Vida Ley es relativamente baja. Varía según la aseguradora, pero generalmente representa entre el 0.5% y 1.5% del sueldo del trabajador.
Para un trabajador con sueldo de S/ 2,500, la prima mensual podría ser de S/ 25 a S/ 37 aproximadamente. Es un costo menor para el empleador, pero representa una protección invaluable para la familia del trabajador.
¿Qué pasa si el empleador no paga el seguro?
Si tu empleador no te tiene inscrito en el Seguro Vida Ley y ocurre un siniestro (fallecimiento o invalidez), el empleador debe asumir directamente el pago de la indemnización.
Esto significa que tendría que pagar de su bolsillo las 16 o 32 remuneraciones, según corresponda. Por eso, a los empleadores les conviene pagar la prima mensual.
Cómo Cobrar el Seguro Vida Ley
Si eres beneficiario de un trabajador fallecido, debes seguir estos pasos para cobrar la indemnización:
Paso 1: Identifica la aseguradora
Primero debes saber con qué compañía de seguros estaba contratada la póliza. Puedes:
- Preguntar directamente al empleador
- Revisar la última boleta de pago del trabajador
- Consultar en Recursos Humanos de la empresa
Paso 2: Reúne los documentos
Generalmente necesitarás:
Para fallecimiento:
- Acta de defunción original
- DNI del trabajador fallecido
- DNI de los beneficiarios
- Partida de matrimonio o constancia de convivencia
- Partidas de nacimiento de los hijos
- Constancia de trabajo o boletas de pago
Para invalidez:
- Certificado médico de invalidez
- Dictamen de la Comisión Médica
- DNI del trabajador
Paso 3: Presenta el reclamo
Acude a la aseguradora con todos los documentos. El plazo para presentar el reclamo es de 30 días hábiles desde que tuviste conocimiento del fallecimiento.
Paso 4: Espera la evaluación
La aseguradora tiene un plazo máximo de 30 días para evaluar y pagar la indemnización. Si demoran más, puedes presentar un reclamo ante la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS).
¿Qué hacer si el empleador no tenía seguro?
Si descubres que el trabajador no estaba inscrito en ningún seguro, tienes dos opciones:
- Reclamar directamente al empleador: Solicitar el pago de la indemnización correspondiente
- Denunciar ante SUNAFIL: La Superintendencia de Fiscalización Laboral puede sancionar al empleador y ordenar el pago
Tip importante: Guarda siempre las boletas de pago del trabajador. Serán prueba del monto de remuneración para calcular la indemnización.
Preguntas Frecuentes sobre el Seguro Vida Ley
¿A partir de cuándo me corresponde Seguro Vida Ley?
Tienes derecho al Seguro Vida Ley desde el primer día de trabajo, aunque algunos empleadores lo activan después de cumplir 4 años. A partir del 4° año es obligatorio y el empleador no puede negarse.
¿El Seguro Vida Ley cubre invalidez por enfermedad?
No. El Seguro Vida Ley solo cubre la invalidez total y permanente causada por accidente. Si la invalidez es por enfermedad (como un ACV o diabetes avanzada), no está cubierta por este seguro.
¿Puedo designar beneficiarios que no sean familia?
No. Por ley, los beneficiarios están determinados y no pueden modificarse. Son, en orden: cónyuge/conviviente, hijos menores o incapacitados, padres, y hermanos menores.
¿Qué pasa si trabajo en dos empresas?
Si tienes dos empleadores formales, cada uno debe contratarte un Seguro Vida Ley por separado. En caso de siniestro, tus beneficiarios cobrarían ambos seguros.
¿El seguro cubre accidentes fuera del trabajo?
Sí. A diferencia del SCTR (Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo), el Seguro Vida Ley cubre accidentes en cualquier momento, dentro o fuera del trabajo.
¿Qué diferencia hay entre Seguro Vida Ley y SCTR?
| Aspecto | Seguro Vida Ley | SCTR |
|---|---|---|
| Obligatoriedad | A partir del 4° año | Solo trabajos de alto riesgo |
| Cobertura accidentes | En cualquier lugar | Solo accidentes laborales |
| Cobertura salud | No incluye | Incluye atención médica |
| Quien paga | Empleador | Empleador |
¿Cómo sé si mi empleador me tiene asegurado?
Puedes:
- Preguntar directamente a Recursos Humanos
- Solicitar un certificado de la póliza
- Verificar en tu contrato de trabajo
¿Qué Pasa si Tu Empleador No Cumple?
El incumplimiento del Seguro Vida Ley tiene consecuencias serias para el empleador:
Sanciones administrativas
SUNAFIL puede imponer multas que van desde 1 UIT hasta 50 UITs, dependiendo del tamaño de la empresa y la gravedad del incumplimiento.
Responsabilidad directa
Si ocurre un siniestro sin que exista el seguro, el empleador debe pagar directamente la indemnización correspondiente:
- S/ 40,000 o más por muerte natural (según sueldo)
- S/ 80,000 o más por muerte accidental
- S/ 80,000 o más por invalidez
Cómo denunciar
Si descubres que tu empleador no te tiene asegurado, puedes:
- Denunciar ante SUNAFIL: Línea gratuita 0800-16872
- Presentar queja en el Ministerio de Trabajo: De forma presencial o virtual
- Consultar con un abogado laboralista: Para evaluar acciones legales adicionales
Verificación y cobertura del Seguro Vida Ley
El Seguro Vida Ley en Perú es más que un requisito legal: es una red de protección para tu familia en los momentos más difíciles. Aunque esperamos que nunca lo necesites, es fundamental que:
✅ Verifiques que tu empleador te tenga inscrito en el seguro
✅ Conozcas quiénes son tus beneficiarios legales
✅ Informes a tu familia sobre este beneficio y cómo cobrarlo
✅ Guardes tus boletas de pago como comprobante de tu remuneración
Recuerda que este beneficio no te cuesta nada. La prima la paga completamente tu empleador. Pero si ocurre algo, puede significar una ayuda económica de S/ 40,000, S/ 80,000 o más para tu familia.
Si tienes dudas sobre tu situación específica, no dudes en consultar con Recursos Humanos de tu empresa o con la aseguradora directamente.
👉 ¿Te fue útil esta guía? Compártela con tus compañeros de trabajo para que también conozcan sus derechos.
Nota Legal: Este artículo es informativo. Consulta con tu empleador o la aseguradora para información oficial. La normativa puede actualizarse, por lo que te recomendamos verificar siempre con fuentes oficiales como el Ministerio de Trabajo.
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